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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Martes, 21 de mayo de 1996 Pág. 4.741

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 178/1996, de 9 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de A Coruña, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de un proyecto de travesía en Cambre, C.P. 1704, Cambre a Carral.

La Diputación Provincial de A Coruña, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 1994, acordó aprobar el proyecto de travesía en Cambre, C.P. 1704, Cambre a Carral, y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. La diputación remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 4 de marzo de 1996, con el número 2000.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Xustiza, Interior e Relacións Laborais el día 19 de abril de 1996, nº 3989.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para

la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque existen razones de urgencia que hacen necesaria la ejecución de las obras sin dilaciones, puesto que el estado del firme de la carretera, el ancho de la calzada de dimensiones inferiores a las necesidades de los vehículos, la existencia de numerosas curvas, (que es necesario suprimir) y un trazado deficiente y peligroso, así como la intensidad media de tráfico, provocando un altísimo riesgo de accidentes con peligro para la vida humana.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de mayo de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiaciónn forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de A Coruña, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto travesía en Cambre, C.P. 1704, Cambre a Carral.

Santiago de Compostela, nueve de mayo de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Juan Miguel Diz Guedes

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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