De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley, 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento adminstrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la resolución de dichos expedientes, por infracción a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de la conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 ó 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolucion será firme a todos los efectos.
2. El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince dias contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 120.596, del Banco Pastor (0072) oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.
3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el parráfo anterior.
Pontevedra, 11 de abril de 1996.
José Luis Diez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
-Último domicilio conocido infringido sancionador-Expediente -Denunciado
-Hecho denunciado -Precepto
-Precepto
-Sanción
Camposanco, 192-Coruxo
Vigo.
Alcabre-A Fonte, 21
Vigo.
Avda. da Florida, 95-2ºB
Vigo.
C-116/95 Luis Ángel Sio Reimez
Cazar fringílidos con red careciendo de autorización para ello. Artículo 33.1º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. Art. 33 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. 50.000 C-133/95 Enrique de la Iglesia González
Capturar aves canoras con redes abatibles. Artículo 33.1 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. Art. 33 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna. 75.000 C-175/95 Jorge Gómez Costas
Cazar fríngilidos (jilgueros) con red y reclamo. Artículo 33.1 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. Art. 33 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. 75.000
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