Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 19 de abril de 1996 Pág. 3.665

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 1996, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Centros, por la que se dictan instrucciones para el final del curso 1995-1996 en los centros de bachillerato, formación profesional, educación secundaria, educación secundaria y profesional, escuelas de artes aplicadas y oficios artísticos, escuelas oficiales de idiomas, conservatorios de música y conservatorios de danza.

Con el objeto de regular las actividades de final de curso con criterios uniformes en los institutos de bachillerato, de formación profesional, de educación secundaria, de educación secundaria y profesional, escuelas de artes aplicadas y oficios artísticos, escuelas oficiales de idiomas, conservatorios de música, conservatorios de danza y centros privados de estos niveles educativos, en el período final del curso, esta dirección general resuelve dictar las siguientes instrucciones:

Primero.

1. Los claustros de los centros señalados elaborarán un calendario de las actividades docentes para el mes de junio, de acuerdo con las instrucciones recogidas en esta resolución.

2. Las direcciones de los centros citados enviarán a los servicios provinciales de Inspección, antes del 1 de mayo, un resumen del calendario aprobado por el claustro conforme a los modelos recogidos en los anexos a esta resolución. Las inspecciones devolverán a los centros una copia del citado resumen, aceptada o rectificada, antes del día 5 de mayo, para que los directores la den a conocer al profesorado para su cumplimiento.

Segundo.

1. El profesorado de centros de enseñanza secundaria seguirá cumpliendo su horario lectivo hasta el día 14 de junio. Además de las actividades docentes lectivas, el calendario aprobado por el claustro deberá contemplar, hasta esa fecha, las actividades docentes

referidas a pruebas de evaluación, sesiones de evaluación conjunta, atención a alumnos pendientes de pruebas de suficiencia, recuperaciones, etc.

2. A partir del 17 de junio y hasta el 29 inclusive, las direcciones de los centros podrán modificar los horarios de los profesores para adecuarlos a las actividades establecidas en el calendario aprobado por el claustro y aceptado por la Inspección (pruebas de suficiencia, evaluaciones finales, entrega de calificaciones, atención a reclamaciones, etc,). En todo caso, las direcciones de los centros deben garantizar la atención a las reclamaciones contra las calificaciones finales, realizadas dentro de los plazos previstos en el punto 10.2º de la Orden del 24 de julio de 1991 (DOG del 28 de agosto).

Tercero.

1. Las fechas de evaluación de COU y de segundo curso de los bachilleratos previstos en la Ley de ordenación general del sistema educativo se adecuarán a las pruebas de la selectividad.

2. Unha vez realizadas las evaluaciones, podrán continuar las clases de COU y de segundo curso de los bachilleratos citados en el punto anterior en las disciplinas que fuese necesario hasta la celebración de las pruebas de selectividad y, con este fin, quedan autorizadas las direcciones de los centros para introducir modificaciones en los horarios de los profesores y grupos de alumnos afectados.

Cuarto.

Los alumnos con disciplinas pendientes de cursos anteriores realizarán una prueba extraordinaria de suficiencia que se celebrarán en el mes de maio.

Quinto.

Las pruebas de suficiencia de bachillerato unificado y polivalente se celebrarán a partir del 17 de junio. Entre las sesiones de evaluación conjunta y las pruebas de suficiencia deberá transcurrir como mínimo una semana. La calificación de estas pruebas se realizará conforme a la Resolución de 4 de julio de 1975 (BOE del 12).

Sexto.

Los exámenes para alumnos libres se celebrarán del 15 al 30 de junio y del 1 al 15 de septiembre (Orden de 20 de junio de 1975, BOE del 28) para el bachillerato unificado y polivalente; del 15 de junio al 15 de julio e del 1 al 30 de septiembre (Orden de 28 de enero de 1985, DOG del 15 de febrero) para la formación profesional de segundo grado.

Séptimo.

1. Durante el mes de junio, las direcciones de los centros de enseñanzas de régimen especial podrán adaptar los horarios de los profesores a las necesidades específicas de cada centro. Tal adaptación no podrá suponer variación del número global de horas semanales de permanencia en el centro previsto en los horarios lectivos de cada profesor.

2. En las escuelas de artes aplicadas y oficios artísticos no acabarán las clases normales antes del día 30 de mayo. La evaluación conjunta de los alumnos se realizará el día 31 de mayo. Las pruebas de suficiencia tendrán lugar entre los días 3 y 7 de junio. Los exámenes libres y, eventualmente, las pruebas

de reválida correspondientes al plan de estudios de 1963, se realizarán a partir del día 10 de junio.

3. En las escuelas oficiales de idiomas las clases normales no acabarán antes del día 31 de mayo. Las pruebas finales de los alumnos oficiales se realizarán entre los días 3 y 7 de junio. Las pruebas para alumnos libres de los ciclos elemental y superior tendrán lugar a partir del día 3 de junio.

4. En los conservatorios de música y en los conservatorios de danza las clases no acabarán antes del día 31 de mayo. La evaluación conjunta de los alumnos del plan de estudios LOGSE se realizará entre los días 3 y 7 de junio. Los exámenes correspondientes a planes de estudios anteriores a la LOGSE tendrán lugar entre los días 10 y 14 de junio. Los exámenes libres se celebrarán entre el 17 y el 22 de junio. La prueba de acceso al grado medio LOGSE se realizará entre el 24 y el 28 de junio.

Octavo.

De acuerdo con lo establecido en el punto 1 de la orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 24 de julio de 1991 (DOG del 28 de agosto), durante el mes de junio, los equipos directivos de los centros docentes a los que se refiere la presente orden, después del informe de los respectivos claustros de profesores, elaborarán una memoria que recoja el grado de consecución de los objetivos fijados en la programación general anual, las dificultades encontradas y las medidas correctoras introducidas, si fuese necesario. La referida memoria, informada por el consejo escolar del centro, se enviará al Servicio de Inspección en la primera semana de julio y se tendrá en cuenta a la hora de elaborar la programación del curso siguiente sobre todo para programar nuevamente objetivos no obtenidos parcialmente en el curso anterior y elaborar nuevos medios para lograrlos.

Noveno.

Los centros deberán observar las normas fijadas en el Decreto 89/1993, de 19 de abril, (DOG del 27) por el que se regula la autorización de libros de texto y otros materiales curriculares para las enseñanzas de régimen general. Para tal efecto se expondrán en el tablón en la primera quincena de junio, la relación de libros y material didáctico impreso que se utilizará en el curso 1996/1997. Una copia de dicha resolución será enviada al servicio provincial de la inspección educativa antes del día 24 de junio. Asimismo se observará la prohibición de la venta y/o distribución de libros y material didáctico en los centros tanto por personal del mismo, como por personas ajenas a el.

Décimo.

Los secretarios de los centros docentes públicos deberán remitir, a la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria correspondiente, fotocopias autentificadas de las actas de evaluación final de todos los cursos de su centro y de los centros privados adscritos, antes del día 15 de julio de 1996.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 1996.

Luis Framil Álvarez

Director general de Ordenación Educativa y Centros

ANEXO I

RESUMEN DEL CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL MES DE JUNIO. CURSO 1995-96

El Director/a del IB/IFP/IESP/IES

pone en su conocimiento que el calendario de actividades docentes programadas para el final del curso, aprobado por el claustro, recoge lo siguiente (1):

Para la ESO

El último día de clases será el

Las fechas de evaluación final serán delal

Para el Bachillerato

El último día de clases será el

Las fechas de evaluación final serán delal

Para BUP

El último día de clases será el

Las fechas de evaluación conjunta serán delal

Las fechas de probas de suficiencia serán delal

Las fechas de las pruebas para alumnos libres serán delNº alumnos libres

Las fechas de evaluación final serán delal

Para COU

El último día de clases será el

Las fechas de evaluación final serán delal

Para FP

El último día de clases será el

Las fechas de evaluación conjunta serán delal

Las fechas de pruebas de suficiencia serán delal

Las fechas de las pruebas para alumnos libres serán delNº alumnos libres

Las fechas de evaluación final serán delal

..., ... de... de 1996

El director/a

Sr Inspector/a de Educación

(1) Cubrir lo que proceda

ANEXO II

RESUMEN DEL CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL MES DE JUNIO. CURSO 1995-96

El Director/a de la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos

pone en su conocimiento que el calendario de actividades docentes programadas para el final del curso, aprobado por el claustro de profesores, recoge lo siguiente:

Las fechas de evaluación final serán delal

Las pruebas de suficiencia se realizarán delal

Las pruebas para los alumnos libres serán delal

Las pruebas de reválida correspondientes al plan de estudios de 1963 (cuando se impartan especiacialidades deste plan) realizaranse entre os días

..., ... de... de 1996

EL Director/a

Sr. Inspector/a de Educación

ANEXO III

RESUMEN DEL CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL MES DE JUNIO. CURSO 1995/96

EL director/a de la Escuela Oficial de Idiomas

pone en su conocimiento que el calendario de actividades docentes programadas para el final del curso, aprobado por el claustro de profesores, recoge lo siguiente

Las pruebas finales para los alumnos oficiales serán el día

Las pruebas para los alumnos libres del ciclo

elemental tendrán lugar delal

Las pruebas para los alumnos libres del ciclo

superior se celebrarán delal

..., ... de... de 1996

El Director/a

Sr. Inspector/a de Educación

ANEXO IV

RESUMEN DEL CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL MES DE JUNIO. CURSO 1995/96

EL Director/a del Conservatorio de Música/Conservatorio de Danza

pone en su conocimiento que el calendario de actividades docentes programadas para el final de curso, aprobado por el claustro, recoge el siguiente:

La evaluación conjunta de los alumnos LOGSE se realizará delal

Los exámenes de planes de estudios anteriores a la LOGSE se celebrarán delal

Los examenes libres se realizarán delal

La prueba de acceso al grao medio LOGSE se

realizará delal

..., ... de... de 1996

El Director/a

Sr. Inspector/a de Educación

96-2539