La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería.
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entiende con IVA incluido.
ANEXO I
Normativa gallega sobre vivienda3.500 ptas.
Santiago de Compostela, 29 de marzo de mil novecientos noventa y seis.
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivenda
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