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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 11 de abril de 1996 Pág. 3.276

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 1996 por la que se convoca una beca de colaboración en tareas de estudio e investigación.

Conforme a los fines atribuidos a este centro en los artículos 3.1º g) de la Ley 10/1989, de 10 de julio, 2.1º h) del Decreto 306/1990, de 24 de mayo, y 5 del Decreto 336/1990, de 8 de junio, se hace pública la convocatoria, que se regirá por las siguientes bases:

Primeira.-Objeto.

Adjudicación de una beca de colaboración en tareas de estudio e investigación sobre materias xurídico-administrativas, que se realizarán en la Escuela Gallega de Administración Pública.

Segunda.-Dotación.

La dotación será de 930.000 pesetas distribuidas en ocho mensualidades de 116.250 pesetas, desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de 1996.

Tercera.-Requisitos.

-Ser ciudadano/a español/a con vecindad en Galicia.

-Ser titulado/a superior universitario.

Cuarta.-Solicitudes.

1. Se enviarán a la Escuela Gallega de Administración Pública, polígono das Fontiñas, Rúa de Madrid, 2 -4, 15703 Santiago de Compostela, conforme al artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según el modelo anexo, junto con la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Certificación académica, con detalle de las calificaciones obtenidas en la carrera.

-Memoria descriptiva del proyecto de investigación en cinco folios, como mínimo, y diez, como máximo, explicando los objetivos concretos de la investigación en un centro de formación de funcionarios públicos y la posibilidad de aplicación práctica de los resultados.

-Currículum vitae.

-Declaración expresa de que no tiene contraída ninguna deuda con la Xunta de Galicia.

Los documentos deberán ser originales o copias compulsadas con ellos.

2. El plazo de presentación es de 20 días naturales, contados desde el seguinte al de la publicación de esta convocatoria.

Quinta.-Selección.

Estará a cargo de un tribunal presidido por el secretario general de la EGAP, José Antonio Frutos Páez, o persona en quien delegue, del que formarán parte, como vocal, Manuel Matías Cano Vera, jefe de Estudios de la EGAP. Actuará como secretario, Manuel Braña Gutiérrez, xefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicacións de la EGAP.

El tribunal estudiará, puntuará y relacionará por orden de puntuación los expedientes de los solicitantes admitidos, formados por las solicitudes y documentación justificativa.

El correspondente tribunal está clasificado en la categoría primera, según el artículo 26 del Decreto 299/1990, de 24 de mayo.

Sexta.-Obligaciones del becario.

1. Aceptar la beca e incorporarse a las tareas dentro de los diez días naturales siguientes al de la notificación del otorgamiento. De no hacerlo así, sin causa suficiente a juício del director, la EGAP podrá llamar al siguiente candidato por orden de puntuación, de la relación formada para este efecto por el tribunal.

2. Permanecer asiduamente en horario lectivo, en sesiones de mañana o tarde, en las instalaciones que para estudio e investigación tiene habilitadas la EGAP, horario que señale el jefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicaciones.

3. Atender las explicaciones e instrucciones que dicte el jefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicaciones.

4. Prestar su colaboración en cuantas actividades guarden conexión con el objeto de esta convocatoria y que contribuyan a la realización del fin perseguido por ella.

5. Cubrir los informes o partes de actividades que se les requieran.

Séptima.-Derechos del becario.

1. La percepción mensual en su cuenta corriente, del líquido que resulte de aplicarle a la mensualidad íntegra la retención fiscal que proceda.

2. El adjudicatario adquiere exclusivamente la condición de becario, con las obligaciones y derechos propios de la misma conforme a estas bases, sin ningún otro vínculo laboral o administrativo.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 1996.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

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