Virginia Antón Guijarro, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de O Carballiño, y su partido judicial.
Doy fe y certifico que en este juzgado y con el número de autos 49/1996 se tramitan autos de suspensión de pagos de la entidad mercantil Orensana de Maderas, S.A. (Ormasa) habiéndose dictado en el día de la fecha resolución por la cual se ha admitido a trámite la solicitud de suspensión de pagos formulada por dicha entidad, la cual tiene su domicilio social en polígono industrial A Uceira, parcela C-1 (O Carballiño) dedicada a la transformación y comercio de maderas de todas clases y sus derivados, habiendo quedado intervenidas sus operaciones, lo que hago saber a los fines establecidos en la LSP de 26 de junio de 1922, especialmente en su artículo 9.
En O Carballiño, trece de febrero de mil novecientos noventa y seis.
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