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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Viernes, 22 de marzo de 1996 Pág. 2.689

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 14 de febrero de 1996 por la que se convoca el XII Concurso Gallego de Cómic Juventud-96.

El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud es compartido conjuntamente por las consellerías de Familia, Mujer y Juventud, que a través de la Dirección General de Juventud desarrolla el programa fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud, y la Consellería de Cultura, a través de su Dirección General de Cultura, que tiene entre otras funciones la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, artes líricas y de la imagen, así como la promoción de las artes plásticas y populares, de acuerdo con el Decreto 2/1994, de 13 de xaneiro y el Decreto 49/1994, de 4 de febrero, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica que cada una de dichas consellerías.

Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura dada la naturaleza de las actividades a realizar, convoca una serie de certámenes, concursos y muestras que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y artesanal y que constituyen el programa certámenes y muestras Juventud-96. Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud convoca el XII Concurso Gallego de Cómic Juventud-96, según las bases que se establecen en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.

Artículo 2º

El concurso objeto de la presente convocatoria se desarrollará a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura.

Artículo 3º

Las actividades que conlleven el desarrollo de este concurso serán costeadas con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1996.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 1996

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

XII Concurso Gallego de Banda Diseñada Juventud-96

1. Participantes.

Jóvenes gallegos o residentes en Galicia con edades comprendidas entre 14 y 30 años, cumplidos durante el año 1996, en grupo o individualmente.

II. Condiciones generales.

1. La temática será libre, con textos en gallego, que tendrán carácter de inéditos.

2. La técnica puede ser cualquiera, hecha en blanco y negro o en color.

3. El formato deberá ser DIN A-4 o DIN A-3, y su extensión entre 2 y 6 páginas inclusive.

4. Cada autor o autores podrán presentar las obras que se deseen.

5. Cada obra deberá llevar lema y título.

6. Junto con las obras deberá entregarse un sobre cerrado con el lema/s escrito/s en su exterior, figurando en su interior el boletín de inscripción que se indica en el anexo III con los datos del autor o autores, fotocopia del/os DNI por ámbas caras o de la hoja correspondiente del libro de familia, y currículum.

7. La organización no se responsabiliza de posibles roturas o extravíos de las obras. No obstante la Dirección General de Juventud subscribirá una póliza que asegure las obras, de hasta un máximo de 100.000 pesetas por obra.

8. La Dirección General de Juventud editará una revista con las obras que sean seleccionadas.

III. Inscripciones.

Las solicitudes deberán formularse en el impreso normalizado que se indica en el anexo II.

Los participantes deberán presentar las obras junto con la solicitud y el sobre cerrado en el Servicio de Juventud de la delegación de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud correspondiente a la provincia en la que los interesados residan habitualmente, que puede ser en:

C/ Ronda de Fingoi, s/n, 27002 Lugo.

Avda. da Habana, 81, bajo, 32004 Ourense.

C/ Durán Loriga, 9-1º, 15003 A Coruña.

C/ Benito Corbal, 47-2º, 36001 Pontevedra.

Antes del día 2 de septiembre de 1996.

IV. Desarrollo.

-Fase provincial

De entre todos los trabajos presentados en cada provincia el jurado procederá a seleccionar aquellos que por su calidad consideren merecedores de concurrir a la siguiente fase.

-Fase autonómica.

El jurado seleccionará los mejores trabajos, que serán expuestos en la Casa de la Juventud de Ourense en el mes de octubre de 1996, premiando aquellos que por su calidad y originalidad consideren oportunos.

V. Premios.

Se establecen los siguientes premios:

1º 100.000 pesetas

2º 75.000 pesetas.

3º 50.000 pesetas.

4º 25.000 pesetas.

Se concederán también seis accésit de 15.000 pesetas, así como un diploma a todos los participantes seleccionados en la fase autonómica, que acredite su participación en este Certamen Gallego de Cómic.

VI. Jurado.

A juicio del jurado, y según la calidad de la obra, se podrán dejar desiertos algunos premios.

Las cuantías de los premios serán únicas e indivisibles.

El jurado de la fase autonómica será nombrado por el director general de Juventud y por el director gene

ral de Cultura y estará compuesto por personas cualificadas en el campo artístico, recayendo la secretaría en un funcionario de la Delegación Provincial de Familia, Mujer y Juventud de Ourense.

La decisión del jurado será irrecurrible.

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