Vista la propuesta y la documentación aportada por el Ayuntamiento de Pontevedra, relativa a la clasificación del puesto de viceinterventor.
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pontevedra de fecha 25 de enero de 1996 se aprobó la modificación de la relación de puestos de trabajo de dicho ayuntamiento, acordándose la creación del puesto de colaboración de viceinterventor, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
De conformidad con lo establecido en el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en los artículos 2 y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13.2º 17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería,
DISPONE:
Clasificar el puesto de colaboración de viceinterventor del Ayuntamiento de Pontevedra, conforme se especifica en el anexo que se acompaña a la presente orden.
Contra la presente orden se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación en el DOG.
Santiago de Compostela, 15 de febrero de 1996.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
ANEXO
Corporación: Ayuntamiento de Pontevedra.
Puesto de trabajo: viceinterventor.
Clase: primera.
Subescala: intervención-tesorería.
Categoría: superior.
Forma de provisión: concurso de méritos.
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