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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 08 de marzo de 1996 Pág. 2.013

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO de subasta (72/1991-01).

Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Santiago de Compostela y su partido, hace saber que en los autos de procedimiento hipotecario, seguidos en este juzgado con el número 72/1991, promovidos por el procurador García Boado, en nombre y representación de Banco Hipotecario de España, se ha acordado sacar a pública subasta por tres veces y por término de veinte días cada una de ellas la siguiente finca:

En el lugar de Faxilde, parroquia de Sobrán-Vilaxoán, municipio de Vilagarcía de Arousa.

Rústica, donde se conoce por Granxa, labradío con una superficie de un área y treinta y cuatro centiáreas. Linda: norte, sur, este y oeste, Manuel Rial Rosales, Rita Cardala Diz, Ramón Antonio González; María Esther Martínez Guerra, José María Pita Orduña y Mercedes Rasilla Buhigas. Hoy por el sur y oeste, linda calles de nueva construcción. Sobre parte de la finca descrita se ha iniciado la siguiente construcción.

Casa, destinada a vivienda unifamiliar, que linda: norte, resto de finca sin edificar; sur y oeste, calle de nueva construcción, y este, Manuel Rial Rosales, Rita Cardala Diz, Ramón Antonio González; María Esther Martínez Guerra, José María Pita Orduña y Mercedes Rasilla Buhigas. Se compone de los siguientes elementos: A) Vivienda unifamiliar, distribuida en planta baja y planta alta, con una superficie útil de ochenta y siete metros con quince decímetros cuadrados. B) Garaje vinculado a la vivienda, sito en planta baja, con una superficie útil de diecinueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. C) Trastero, sito en la planta baja, con una superficie útil de siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.

Inscripción: inscrito el terreno al tomo 504, libro 110, folio 21 Vto. finca 9.936, inscripción segunda y la casa al tomo 502, libro 110, folio 21 Vto. finca 9.936, inscripción tercera del Registro de la Propiedad de Vilagarcía de Arousa.

La subasta tendrá lugar el día veintitrés de abril a las doce horas, en la sala de audiencia de este juzgado al precio tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es de ocho millones de pesetas. No concurriendo postores, se señala para la segunda el día veinticuatro de mayo a las doce horas, con el tipo de tasación del setenta y cinco por ciento del tipo de la primera; no habiendo postores en la segunda, se señala para la tercera el día veintiséis de junio a las doce horas, sin sujeción a tipo.

Se hace saber a los posibles licitadores que las condiciones de la subasta son las que a continuación se expresan:

1. No se admitirá postura inferior a la cantidad de ocho millones de pesetas, que es el tipo pactado en la mencionada escritura. En cuanto a la segunda subasta, el setenta y cinco por ciento de esta suma, en su caso. Em cuanto a la tercera subasta, se admitirán sin sujeción a tipo.

2. Que todos los postores, con excepción del acreedor o demandante, deberán consignar en el establecimiento destinado al efecto una cantidad igual por lo menos al 20% del tipo.

3. Todas las posturas podrán hacerse en calidad de ceder el remate a un tercero y realizarse por escrito en pliego cerrado, desde la publicación del presente edicto hasta la celebración de la subasta de que se trate, depositando junto a aquél el resguardo acreditativo de haber ejecutado la consignación a que se refiere la anterior condición.

4. Que los autos y certificación del registro a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la L.H., están de manifiesto en secretaría y que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en las responsabilidades de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

5. Se previene que en el acta de subasta se hará constar que el rematante acepta las obligaciones antes expresadas y si no las acepta, no le será admitida la proposición; tampoco se admitirá postura por escrito que no contenga la aceptación expresa de esas obligaciones.

6. Sin perjuicio de la que se lleva a cabo en la finca hipotecada conforme a los artículos 262 al 279 de la LEC, de no ser hallado en ella, este edicto servirá igualmente para notificación al deudor del triple señalamiento del lugar, día y hora para el remate.

Santiago de Compostela, veinticuatro de enero de mil novecientos noventa y seis.

El magistrado-juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

96-865