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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miercoles, 06 de marzo de 1996 Pág. 1.848

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 78/l996, de 29 de febrero, sobre asunción del traspaso complementario en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia efectuado por el Real decreto 94/l996, de 26 de enero, y su asignación a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Por el Real decreto 2l66/l994, de 4 de noviembre, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Galicia

las funciones y servicios que, dentro de su territorio, venía desempeñando la Administración del Estado en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia.

En consonancia con lo anterior, la Comunidad Autónoma asumió tales funciones en virtud del Decreto 394/l994, de 29 de diciembre, asignándolas a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Corresponde ahora, por medio del presente decreto, aceptar la transferencia de la partida presupuestaria pendiente y correspondiente a l995, que se contiene en el anexo del Real decreto 94/l996, de 26 de enero, sobre traspaso complementario al aprobado por el Real decreto 2l66/l994, de 4 de noviembre, anexo que fue inscrito en la sesión plenaria de la Comisión Mixta de Transferencias, que tuvo lugar el 2l de diciembre de l995, (BOE y DOG de fecha 28-2-1996), y proceder a su asignación a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma.

Por ello, y a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintinueve de febrero de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo lº.-Asunción del traspaso.

Queda asumido el crédito presupuestario traspasado por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia como complementario a las transferencias de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia, que se consigna en el anexo del Real decreto 94/l996, correspondiente al año l995 y que va destinado a la inversión en infraestructuras de edificios, sedes de órganos judiciales, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de fecha 2l de diciembre de l995.

Artículo 2º.-Asignación de los medios.

Se asigna a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el crédito presupuestario referido en el artículo anterior.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintinueve de febrero de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

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