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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 13 de febrero de 1996 Pág. 1.170

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (127/1994).

Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe que en los autos de juicio ejecutivo nº 127/1994 seguidos en este juzgado, se dictó sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a diez de enero de mil novecientos noventa y seis. Vistos por Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo nº 127/1994, promovidos por Banco Central Hispanoamericano, S.A., representado por el procurador Ricardo García-Piccoli Atanes y defendido por el letrado Francisco A. Rodríguez-Gigirey y Pérez, contra Fernando Lizuain Calvo y Mª del Carmen Romero de Valenzuela, declarados en rebeldía, sobre reclamación de 203.646 ptas. de principal, más 100.000 calculadas para intereses, costas y gastos.

Fallo: que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución, hasta hacer trance y remate con los bienes embargados y que en lo sucesivo puedan embargarse a los deudores Fernando Lizuain Calvo y Mª del Carmen Romero de Valenzuela, y con su producto entero y cumplido pago al acreedor, de la cantidad de 203.646 ptas., importe del principal reclamado, más 100.000 pesetas, calculadas para intereses, gastos y costas causadas y que se causen, las cuales expresamente impongo a la parte demandada. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Contra esta resolución cabe interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación a las partes.

Así, por esta mi sentencia, que por la rebeldía del demandado se notificará en la forma y modo que la ley previene para los rebeldes, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Rubricado: Leonor Castro Calvo. Magistrada-jueza».

Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado Fernando Lizuain Calvo y su publicación en el DOG, expido el presente edicto en Santiago de Compostela a dieciséis de enero de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

Rubricado

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