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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 13 de febrero de 1996 Pág. 1.156

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 24 enero de 1996 por la que se concede a la Federación Gallega de Asocaciones Provinciales Empresariales de Fontanería, Gas, Climatización, Mantenimiento y Afínes (Fegafon), la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador autorizado de gas, para las categorías IG-I a IG-IV.

Vista la solicitud presentada por la Federación Gallega de Asociaciones Provinciales Empreariales de Fontanería, Gas, Climatización, Mantenimiento y Afines (Fegafon), y la documentación anexa, en la que solicita le sea concedida la calificación de entidad reconocida para impartir cursos de instaladores de gas grupos IG-I a IG-IV.

Vista la Orden de 17 de diciembre de 1985 por la que se aprueban la instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptores de gas combustible y la instrucción sobre instaladores autorizados de gas y empresas instaladores (BOE 9-1-1986).

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentariamente establecidos.

Esta Dirección General de Industria,

RESUELVE:

Otorgar a la Federación Gallega de Asociaciones Provinciales Empreariales de Fontanería, Gas, Climatización, Mantenimiento y Afines (Fegafon), la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos de formación de instaladores de gas, de conformidad con lo establecido en el capítulo III de la Orden de 17 de diciembre de 1985, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Para impartir los cursos, deberá presentar ante la Delegación Provincial de Industira y Comercio de la provincia correspondiente, fotocopia de la presente resolución, tabla de tarifas y programación de cursos previstos.

A efectos estadísticos y de control, deberá presentar en las delegaciones provinciales de Industria y Comercio donde ejerza su actividad, una memoria anual de actuaciones y en esta dirección general un resumen de las mismas en la Comunidad Autónoma.

Esta autorización deberá renovarse a los 2 años, para lo que deberá acreditar ante esta Dirección General de Industria, el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 24 de enero de 1995.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

95-0739