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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Lunes, 05 de febrero de 1996 Pág. 907

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 29/1996, de 25 de enero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Monforte de Lemos (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de dotación de servicios en la calle Paredes.

El Ayuntamiento de Monforte de Lemos (Lugo), en sesión celebrada el día 31 de enero de 1994, aprobó el proyecto de dotación de servicios en la calle Paredes y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta

de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 7 de diciembre de 1995 con el número 13173.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 2 de julio de 1995 con el nº de Registro de Entrada 5144.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque la obra está incluida en el Plan Provincial de Cooperación y, porque esta calle está situada en suelo urbano y constituye una arteria fundamental para el tráfico rodado. Es una calle antigua, perfectamente consolidada, pero que carece de servicios que no se consiguió por vía amistosa la disposición de los correspondientes terrenos. La calle tiene muchas edificaciones, incluso de varias plantas y carece de servicios esenciales, sin ocupar los terrenos incluidos en los proyectos de expropiación no se pueden acometer los servicios, porque es imposible la conexión con los sistemas generales, puesto que esta conexión hay que efectuarla por los terrenos particulares. Hay que tener en cuenta la importancia de la ejecución de esta obra en aras del interés público, de cara a la generalidad del vecindario, o sea, que esta calle

transciende del interés de los habitantes del ayuntamiento.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, previa deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de enero de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Monforte de Lemos (Lugo), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados

en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de dotación de servicios en la calle Paredes.

Santiago de Compostela, veinticinco de enero de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Juan Miguel Diz Guedes

Conselleiro de Justicia Interior y Relaciones Laborales

96-584