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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 1996 Pág. 565

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 1996 por la que se convocan tres becas de investigación para el Archivo de la Emigración Gallega.

El Consello da Cultura Galega convoca tres becas de investigación para la realización de trabajos de documentación histórica -material documental y gráfico- para el Archivo de la Emigración Gallega.

1. Duración.

Las becas tendrán una duración de seis meses.

2. Dotación económica.

Cada beca tendrá una dotación de 90.000 ptas. mensuales.

Para atender el gasto que supone la beca existe crédito suficiente en la aplicación 03.01.111D.480 del presupuesto vigente.

3. Requisitos.

Podrán optar a la beca todos los españoles, mayores de edad, y con plena capacidad para obrar, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciados universitarios.

b) No ser trabajadores por cuenta propia o ajena, ni recibir remuneración de ningún tipo o disfrutar de una beca o ayuda semejante.

4. Solicitudes.

Los solicitantes entregarán en la sede del Consejo de la Cultura Gallega (Palacio de Raxoi, 2ª planta, Santiago de Compostela), dentro del plazo de diez días contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:

-Instancia de solicitud dirigida al presidente del Consejo de la Cultura Gallega.

-Titulación universitaria.

-Currículum vitae con indicación de los estudios, actividades y documentación acreditativa de todos los méritos que se aleguen.

-Declaración jurada de no desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni disfrutar de becas o ayudas equiparables a la convocada.

5. Selección de los becarios.

La selección de los becarios será realizada por el tribunal que hará una valoración de los méritos aportados.

6.Tribunal.

El tribunal estará compuesto por tres miembros del Consejo de la Cultura Gallega. El tribunal podrá comprobar si los solicitantes poseen suficientes conocimientos de lengua gallega para desempeñar su función.

7. Nombramiento.

Los becarios serán nombrados por el presidente del Consello da Cultura Galega a propuesta del tribunal. Los becarios seleccionados deberán presentarse en la sede del consello dentro de los diez días siguientes

al de la notificación de su selección, con objeto de recoger sus credenciales acreditativas y comenzar su actividad.

8. Incidencias.

La solicitud de becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 1996.

María Xosé Rodríguez Galdo

Secretaria del Consejo de la Cultura Gallega

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