En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el juicio de menor cuantía 484/1995, que se sigue en este juzgado a instancia de Galuresa representado pro la procuradora Losada Gómez, contra Ángel Pérez Ballesta, por medio de la presente cédula se emplaza al referido demandado, cuyo domicilio actual se desconoce, a fin de que, en el plazo de diez días, comparezca en autos, con la prevención que, de no hacerlo, será declarado en rebeldía y se dará por contestada la demanda, notificándole dicha resolución y las demás que se dicten en los estrados del juzgado.
Y, para que sirva de emplazamiento al demandado, Ángel Pérez Ballesta, expido la presente cédula, que firmo y sello en Santiago de Compostela a veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.
El secretario
Rubricado
95-08321