Lorenzo Villalpando Lucas, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela, doy fe que en los autos de juicio ejecutivo número 34/1994 que se siguen ante este juzgado, se acordó el embargo de los siguientes bienes al demandado José César Conde Cid:
Vivienda letra B, en la tercera planta alta derecho sita en el municipio de Sanxenxo, inscrita en el Registro de la Propiedad de Cambados al tomo 754, libro 144, folio 60, finca 9852.
Vivienda sita en calle Nueva de Abajo, 2-4º F, inscrita en el Registro de la Propiedad de Pontevedra.
Antigua fábrica de 8.000 metros cuadrados, sita en A Pobra do Caramiñal, San Lázaro.
Vehículo Ford Sierra matrícula C-6389-AL.
Y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y para que conste y sirva de notificación a la esposa del demandado Mª José Valverde González, a los efectos establecidos en el artículo 144 de la Ley hipotecaria; expido y firmo la presente cédula de notificación en Santiago de Compostela, veintiséis de abril de mil novecientos noventa y cinco.
El secretario
Rubricado
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