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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Lunes, 06 de noviembre de 1995 Pág. 8.136

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE RIBEIRA

CÉDULA de emplazamiento (334/1995).

Que en los presentes autos de separación conyugal número 334/1995, promovidos, por Josefa Vidal Lustres contra Manuel González Crujeiras, se ha dictado la resolución siguiente:

Propuesta de providencia.

Secretario/a Sr/a Ojea Muñiz.

En Ribeira a tres de octubre de mil novecientos noventa y cinco.

Dada cuenta; por presentada la anterior demanda con los documentos que la acompañan y copias preceptivas, a las que se dará su destino legal, fórmense los oportunos autos que se registrarán con los de su clase.

Se admite a trámite la demanda de separación conyugal 334/1995 que se insta la que se sustanciará según las normas procesales que le son propias y, confiérase traslado al demandado Manuel González Crujeiras para que en el improrrogable plazo de veinte días comparezca en autos, personándose en forma, y conteste a la demanda, formulando en su caso reconvención, bajo apercibimiento de que, si no lo verificare, será declarado en rebeldía y le pararán los demás perjuicios que señala la ley, librando a tal fin oportuno edicto en el Diario Oficial de Galicia, dado que se encuentra en paradero desconocido.

Se tiene por personado y parte, en la representación de Josefa Vidal Lustres, al procurador/a Sr. Liñares Martínez, según acredita con la oportuna copia del poder, con quien se entenderán las sucesivas deligencias en la forma que determina la ley.

Emplácese al Ministerio Fiscal dada la existencia de hijos menores.

Así lo propongo y firmo.

Conforme: El/la juez.

Ante mí.

Y para que sirva de emplazamiento en legal forma, a todos los fines y términos legales a Manuel González Crujeiras, con DNI 33.216.057, libro y firmo el presente en Ribeira a tres de octubre de mil novecientos noventa y cinco.

El/la Secretario/a

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