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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Viernes, 03 de noviembre de 1995 Pág. 8.105

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (408/1993).

María Manuela García Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe y certifico que en los autos de justicia gratuita tramitados en este juzgado con el número 408/1993 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva de la misma son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela a 30 de septiembre de 1995, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil incidental de justicia gratuita, sustanciada por los trámites del juicio verbal, seguido en este juzgado con el número 408/1993 y como pieza separada del procedimiento de separación del mismo número, en el que han actuado como parte demandante María Jiménez Jiménez, representada por el procurador de los tribunales Lisardo Reymóndez y asistida por el letrado José Suárez Tato, nombrados ambos de oficio, y en el que se ha dado audiencia a José Amalio Montes Borja, en desconocido paradero y al abogado del Estado.

Fallo que, estimando la demanda presentada, debo declarar y declaro el derecho a la justicia gratuita de María Jiménez Jiménez al objeto de plantear demanda de separación contra José Amalio Montes Borja, sin prejuicio de lo dispuesto en los artículos 28, 45 y 48 de la LEC, declarando de oficio las costas causadas. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la audiencia provincial en este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, conforme al trámite previsto en el artículo 733 LEC. Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo».

Y para que así conste y sirva de notificación al demandado José Amalio Montes Borja, en paradero desconocido, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a cinco de octubre de mil novecientos noventa y cinco. Doy fe.

Rubricado

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