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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Viernes, 27 de octubre de 1995 Pág. 7.938

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 282/1995, de 19 de octubre, por el que se crean centros y se concede autorización para implantar estudios conducentes a las titulaciones que se citan en el sistema universitario de Galicia.

La Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del sistema universitario de Galicia, (DOG nº 156, del 16 de agosto), supuso la realización de una planificación general del sistema. El Decreto 192/1993, de 29 de julio, por el que se ajustan titulaciones impartidas en la Comunidad Autónoma, se concede autorización de nuevos estudios y se crean más centros en el sistema universitario de Galicia, (DOG del 17 de agosto), cerró la etapa de expansión del sistema universitario, transformando los colegios universitarios en facultades, suprimiendo los primeros ciclos de estudios que no conducían a título terminal y reconvertiendo los recursos materiales y humanos afectados por esos cambios a nuevas titulaciones.

El sistema universitario de Galicia actualmente está centrando su trabajo fundamentalmente en su consolidación, atendiendo de manera muy directa a los problemas derivados de la definición específica (perfil de estudios), de cada campus.

Para hacer frente a dichos problemas, se detectó la necesidad de realizar diversas modificaciones, aplicando el principio de complementariedad interdisciplinar para grandes áreas científicas que establece la LOSUG y que ya había sido aplicado en los campus universitarios de Ourense, Pontevedra y Ferrol.

Por otra parte, con este decreto se da cumplimiento a la reestructuración de centros en la Universidad de A Coruña derivada del agrupamiento de las titulaciones del ámbito de educación.

Por todo ello, en su virtud y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero (DOG nº 23, del 21 de marzo), reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, (DOG nº 208, del 28 de octubre), a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe del Consejo de Universidades, oído el Consello Universitario de Galicia y previa deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. Se crea en la Universidad de Santiago de Compostela, en su Campus de Lugo, la Sección Delegada de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales del Campus de Santiago de Compostela.

2. Se concede autorización para que en la citada sección delegada se implante el segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del título de licenciado en Administración y Dirección de Empresas.

Artículo 2º

1. Se autoriza la creación de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales en el Campus de Lugo, que

quedará adscrita a la Universidad de Santiago de Compostela, de acuerdo con el convenio de adscripción suscrito entre la Fundación Campus Universitario de Lugo y dicha universidad.

2. Se concede autorización para que en la citada Escuela Universitaria de Relaciones Laborales se implanten los estudios conducentes a la obtención del título de diplomado en Relaciones Laborales.

3. La Escuela Universitaria de Relaciones Laborales se regirá por las normas que establece el artículo 6 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, por el convenio de adscripción y por el Reglamento de régimen interno del centro, respetando y garantizando de forma plena y efectiva el principio de libertad académica que se manifiesta en las libertades de cátedra, investigación y estudio.

Artículo 3º

1. Se crea, por transformación de la Escuela Universitaria de profesorado de EGB de la Universidad de A Coruña (Campus de A Coruña), la Facultad de Ciencias de la Educación, que albergará las titulaciones ya autorizadas de:

-Licenciado en Psicopedagogía.

-Diplomado en Educación Social.

-Diplomado en Logopedia.

-Maestro:

-Especialidad Educación Primaria.

-Especialidad Educación Infantil.

-Especialidad Educación Física.

-Especialidad Audición y Lenguaje.

2. Se suprime la estructura administrativa correspondiente a la Escuela Universitaria de Profesorado de EGB, que queda integrada en la estructura propia de la nueva Facultad de Ciencias de la Educación.

Artículo 4º

Se concede autorización para que la actual Facultad de Humanidades de la Universidad de A Coruña (Campus de A Coruña), creada por el Decreto 416/1990, de 31 de julio, pase a denominarse Facultad de Filología y en la que se impartirán las titulaciones ya autorizadas de:

-Licenciado en Filología Hispánica.

-Licenciado en Filología Inglesa.

Artículo 5º

Se concede autorización para albergar en la Escuela Universitaria de Fisioterapia de la Universidad de A Coruña (Campus de A Coruña), la titulación de diplomado en Terapia Ocupacional autorizada por el Decreto 192/1993, de 29 de julio.

Disposiciones adicionales

Primera.-Respecto de la homologación de planes de estudios, las universidades se atendrán a lo dispuesto en el artículo 10 del Real decreto 1497/1987, modificado por el Real decreto 1267/1994, de 10 de junio.

Segunda.-La efectiva impartición de los estudios autorizados en los artículos 1º y 2º de este decreto

queda sometida al procedimiento ordinario que es necesario según la Ley 11/1983, de reforma universitaria, y, en concreto, el Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, modificado por el Real decreto 1267/1994, de 10 de junio, por el que se establecen directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Segunda.-El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia

Santiago de Compostela, diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y cinco.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Juan Piñeiro Permuy

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

9506871