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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Viernes, 13 de octubre de 1995 Pág. 7.599

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 1995, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se incoa expediente para la declaración de la delimitación del entorno de la iglesia monasterial de Santiago de Barbadelo, en el municipio de Sarria (Lugo).

Por Real decreto de 7 de noviembre de 1980, (BOE del 10 de diciembre), fue declarado bien interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico, la iglesia monasterial de Santiago de Barbadelo, en el municipio de Sarria, Lugo.

Siendo la mencionada declaración, anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, es preciso en la actualidad concretar la delimitación de su entorno.

En consecuencia, y vistos los informes de los servicios técnicos y órganos consultivos favorables a la incoación del expediente para la declaración de la delimitación del entorno de la iglesia monasterial de Santiago de Barbadelo, en el municipio de Sarria, Lugo, esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Tener por incoado expediente para la declaración de la delimitación del entorno de la iglesia monasterial de Santiago de Barbadelo, en el municipio de Sarria.

Proteger este monumento y la zona afectada por la incoación, siendo su delimitación la siguiente:

El punto 1 de la línea de delimitación del entorno de la iglesia monasterial de Santiago de Barbadelo queda definido en el eje de la carretera entre Vilei y Rente en su cruce con el vial de acceso al lugar de Loureiro.

Este punto se une con el 2 siguiendo el eje del vial antes mencionada a Loureiro.

Continúa la delimitación en dirección oeste por los límites sur de las parcelas catastrales 557-a, 557, 556, 555, 549, 548 y 547 hasta llegar al punto 3, situado en el cruce entre el vial de acceso al lugar de San Silvestre y la carretera de Vilei a Rente.

Siguiendo el eje de esta carretera, en dirección oeste, hasta el lugar de Rente, encontrándose el punto 4.

La línea continúa, en dirección sur, coincidiendo con el eje de un camino sin pavimentar, hasta el punto 5, situado en el lugar de Devesa. Las edificaciones que existen aquí, se incluyen dentro de la delimitación.

Siguiendo el camino que une Devesa con Mosteiro se encuentra el punto 6.

A partir de este, tomando dirección sudeste, recorre el linde entre las parcelas catastrales 349-c y 349-d, el linde sur de la parcela 349-c y el oeste de la 349-g, continuando por el sur de las 717, 928, 165, 164, 166, 167, 667, 668, 669 y 665, hasta el llegar al punto 7, situado en el eje del camino que une Mosteiro con Surriba.

Continúa en dirección este, por camino hasta el punto 8, donde cambia (siguiendo el vial) de dirección hacia el norte hasta el punto 9.

A partir de este punto, la línea sigue por el linde este de las parcelas catastrales 752, 750, 751, 753 y el norte de la 759, hasta llegar de nuevo a la carretera de acceso a Surriba, continuando por el eje de carretera hasta cerrarse en el punto 1.

Segundo.-Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Tercero.-Dar traslado de la resolución al alcalde de Sarria y notificarle que el otorgamiento de nuevas licencias de obras, y la ejecución de las ya concedidas antes de incoarse el expediente, precisarán resolución favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental.

Cuarto.-Notificar la presente resolución al obispado de Lugo, al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, y al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Quinto.-Que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, abriéndose un período de información pública de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 1995.

Ángel Sicart Giménez

Director general de Patrimonio Histórico y Documental

95-06489