Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Jueves, 21 de septiembre de 1995 Pág. 7.134

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA

RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 1995, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural con categoría de monumento histórico artístico, a favor de la Torre de los Moreno, sito en el municipio de Ribadeo, provincia de Lugo.

Vistos los informes de los serviciostécnicos de esta dirección general, favorables a la incoación de expediente como bien de interés cultural con categoría de monumento histórico artístico a favor de la Torre de los Moreno en el municipio de Ribadeo-Lugo, y de conformidad con los artículos 6 a) y 9.2º de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, artículo 11.2º del Real decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la antedicha ley; y de conformidad con el artículo 7 del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia, esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural con categoría de monumento histórico artístico a favor de la Torre de los Moreno en el municipio de Ribadeo-Lugo. De acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, de patrimonio histórico español, y del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, de la Consellería de Cultura.

La delimitación de su entorno figura en el anexo, siendo su descripción la siguiente.

Comienza la línea en el punto 1 situado en la parte de atrás del nº 15 de la calle Amando Pérez Martínez, en su mediana con el nº 17.

Continúa por la parte de atrás de los edificios, desde el número 13 al 1 de la calle Amando Pérez Martínez, atravesando la calle I.Shulz sigue por la parte de atrás de los edificios de la Plaza de España desde el nº 19 al nº 6, atravesando la calle Vilafranca del Bierzo a la altura de dicha parte de atrás.

Sigue por la parte de atrás de los edificios de la calle San Francisco nº 2 y nº 4, en la mediana con el nº 6, se sitúa el punto 2.

La línea gira en dicho punto a través de la mediana, a la calle San Francisco y va a discurrir por la mediana entre la iglesia parroquial de Santa María del Campo y los edificios de la calle de San Francisco.

Al terminar la mediana, cruza la Rinconada de San Francisco.

En el punto nº 3 gira la línea por la línea de fachadad hasta el punto nº 4 donde sigue la parte de atrás de los edificios números 2, 4 y 6 de la calle Clemente Martínez Pasarón.

El punto nº 5 se sitúa con la parte de atrás del nº 6 de la calle Clemente Martínez Pasarón, en su emdiana con el nº 8. La línea recorre dicha mediana hasta la fachada donde sigue por ella por el nº 8 hasta el punto 6.

Gira entonces para atravesar la calle Clemente Martínez Pasarón y seguir la línea de la fachada del Convento de Santa Clara.

En el punto 7, corresponde con la mediana de atrás de los números 6 y 8 de la calle Buenos Aires, gira la línea por la parte de atrás del nº 8, rodea dicho número y sigue por la calle Buenos Aires.

En el punto 8, atraviesa la calle Buenos Aires y sigue por la calle Nueva.

En el punto 9, gira la línea para seguir a través de la parte de atrás de los edificios de la calle Buenos Aires y del nº 1 de la Plaza de España.

En el punto 10, la línea gira al este según el entorno de la travesía de la Plaza de España.

La línea cruza la calle Ibáñez, hasta el punto nº 11 situado en la línea de fachada de dicha calle en la mediana de los númerosa 9 y 11.

La línea sigue por la calle Ibáñe hasta el punto 12 donde gira a través de la mediana 11 y 13 de la calle Ibáñez, hasta la mediana de los números 8 y 10 de la calle Trinidad.

En el punto 13 la línea cruza la calle Trinidad y sigue por la Travesía de la Paz, cruzando la calle Amando Pérez Martínez hasta encontrarse con el punto 1.

Segundo.-Seguir la tramitación del expediente según las normas vigentes.

Tercero.-Dar traslado de la resolución al alcalde del municipio de Ribadeo-Lugo y notificarle que «el otorgamiento de las nuevas licencias de obras, y la ejecución de las ya aotorgadas precisarán resolución favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental».

Cuarto.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2º del Real decreto 64/1964, de 21 de enero, que modifica el Real decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de patrimonio histórico español, se notificará la resolución y al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, y de acuerdo con el artículo 7 b) del Decreto 430/1991, se notificará al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Quinto.-Que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, abriéndose un período de información pública de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de agosto de 1995.

Ángel Sicart Giméne

Director general de Patrimonio Histórico y Documental

5407