En esta delegación provincial se sigue expediente sancionador número de referencia P-44/1994, contra Evaristo Fernández Cernadas y la entidad Complejo Educativo, S.A., por presunta infracción de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, en el que se resolvió, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicar el acuerdo de iniciación y pliego de cargos, por resultar desconocido el domicilio de la entidad Complejo Educativo, S.A.
Acuerdo apertura.
El director general de Justicia e Interior, por delegación del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, con fecha de 25 de octubre de 1994, adoptó el siguiente acuerdo:
1. Incoar expediente sancionador, con arreglo a lo establecido en la Ley de las cortes generales 34/1987,
de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar:
-A la empresa operadora o persona que resulte titular de la máquina.
-Al titular del establecimiento denominado Alcázar.
2. Nombrar instructor y secretaria del mismo a José María Picallo Búa y Clara Eugenia García Bermúdez, respectivamente.
3. Disponer como medida provisional el precinto y decomiso de la máquina denunciada tipo B, por carecer de todas las autorizaciones legalmente previstas.
Asimismo, con fecha 23 de diciembre de 1994, acuerda nombrar instructor y secretario de este expediente sancionador, con efectos a partir de esta fecha, a María Jesús Padín García y Clara Eugenia García Bermúdez, respectivamente.
1. Tener la empresa Complejo Educativo, S.A. instalada en el establecimiento denominado Bar Alcázar, sito en la calle Nicaragua, 40, del ayuntamiento de Vigo, del que es titular Evaristo Fernández Cernadas, una máquina recreativa tipo B no homologada. Dicha máquina carece de todas las autorizaciones legalmente previstas.
2. Tales hechos podrían constituir infracción muy grave tipificada en el artículo 28, apartado a) de la Ley 14/1985, de 23 de octubre (reguladora de los juegos y apuestas de Galicia), modificada por la Ley 7/1991, de 19 de junio (de tributación sobre el juego).
Lo que se comunica de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de las cortes generales 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite y azar, disponiendo, el interesado de un plazo de ocho días a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda presentar pliego de descargos, en el que podrá solicitar el recibimiento a prueba del expediente.
Pontevedra, 7 de julio de 1995.
María Jesús Padín García
Instructora
9505332