Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Lunes, 17 de julio de 1995 Pág. 5.715

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 29 de junio de 1995 por la que se declara de interés gallego a la fundación Campus Universitario de Lugo y se inscribe en el Registro de Fundaciones de este protectorado.

Visto el expediente tramitado a instancia de la fundación Campus Universitario de Lugo para su declaración de interés gallego y consiguiente inscripción en el Registro de Fundaciones de la Xunta de Galicia.

Resultado que la Consellería de la Presidencia y Administración Pública por su Orden de 28 de abril de 1995 (DOG nº 89, del 10 de mayo de 1995), clasificó como docente a la citada fundación y la adscribió a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Vista la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de

la Ley 7/1983; así como, el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por Decreto 248/1992, del 18 de junio, y demás disposiciones de general y pertienente aplicacion, y más concretamente las normas básicas contenidas en la Ley 30/1994, del 24 de noviembre, de fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general.

Considerando que la correspondiente escritura fundacional y de aprobación de los estatutos, y las posteriores escrituras públicas de subsanación y complementación de aquella (de fechas 19 de abril y 26 de junio de 1995), son conformes con lo establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 7/1983, de 22 de junio (DOG nº 89, del 20 de julio de 1983), y con las demás disposiciones aplicables.

Considerando que los fines y demás elementos organizativos de la fundación Campus Universitario de Lugo cumplen los requisitos y condiciones señalados en los artículos 1 y 13 de la mencionada Ley 11/1991 (DOG nº 219, del 12 de noviembre de 1991), para su declaración de interés gallego, así como, con las condiciones básicas determinadas en la antedicha Ley 30/1994.

Considerando que el presente expediente se promovió por personas legitimadas para eso, y que en su tramitación cumplimentáronse los requisitos legales y relgamentarios exigidos tanto por la legislación autonómica en materia de fundaciones de interés gallego, como por las normas básicas establecidas en la Ley 30/1994.

Esta consellería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3º del citado regalmento, previo informe de la asesoría jurídica de este departamento,

RESUELVE:

Primero.-Declarar de interés gallego a la fundación Campus Universitario de Lugo, con la consiguiente aprobación de sus estatutos y de los demás aspectos recogidos en la orden de clasificación publicada en el DOG del 10 de mayo de 1995.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el registro auxiliar de fundaciones de este protectorado, previa publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia; teniendo esta publicación e inscripción el carácter constitutivo que determinan los artículos 33.3º del Decreto 248/1992 y el 8º de la Ley 7/1983, así como el artículo 3 de la referida Ley 30/1994.

Santiago de Compostela, 29 de junio de 1995.

Juan Piñeiro Permuy

Conselleiro de Educación e Ordenación Universitaria

95-04364