Por orden de esta consellería, de 25 de junio de 1992, a propuesta del Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeiro, fue designado presidente del mismo Antonio Lorenzo Rodríguez.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes, el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes es competente para efectuar el nombramiento y cese de los presidentes de los consejos reguladores de las denominaciones de origen, una vez asumidas las funciones en la materia en virtud del artículo 30.1º 3 y 4 del Estatuto de autonomía de Galicia.
Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto anteriormente, y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,
DISPONGO:
El cese, a petición propia, de Antonio Lorenzo Rodríguez como presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeiro.
Santiago de Compostela, 10 de julio de 1995.
Tomás Pérez Vidal
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes
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