DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Jueves, 24 de octubre de 2024 Pág. 56715

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural del patrimonio inmaterial el Juego de los Bolos de Galicia.

La Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), para Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial define el patrimonio inmaterial como los usos, las representaciones, las expresiones, los conocimientos y las técnicas -junto con los instrumentos, los objetos, los artefactos y los espacios culturales que son inherentes a ellos- que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural, y que se transmite de generación en generación, recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su ambiente, su interacción con la naturaleza y su historia, introduciendo un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo, de este modo, al respeto de la diversidad cultural y de la creatividad humana.

El Plan nacional de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial ahonda en la importancia de valorizar el protagonismo de las comunidades, los grupos y los individuos, poseedores y titulares de las iniciativas y actuaciones encaminadas a la investigación, a la documentación, a la promoción, a la transmisión, a la formación y a la difusión de las manifestaciones inmateriales de la cultura.

La Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución, y, según lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía, asume la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural y, en ejercicio de la misma, se aprueba la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG).

El artículo 1.2 de la LPCG establece que el patrimonio cultural de Galicia está constituido por los bienes muebles, inmuebles o manifestaciones inmateriales, que, por su valor artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, antropológico, industrial, científico y técnico, documental o bibliográfico, deban ser considerados como de interés para la permanencia, el reconocimiento y la identidad de la cultura gallega a través del tiempo, y también por aquellos bienes o manifestaciones inmateriales de interés para Galicia en los que concurra alguno de los valores mencionados y que se encuentren en Galicia, con independencia del lugar en el que se hayan creado.

El artículo 8.2 de la LPCG dispone que tendrán la consideración de bienes de interés cultural aquellos bienes y manifestaciones inmateriales que, por su carácter más singular en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sean declarados como tales por ministerio de la ley o mediante decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de patrimonio cultural, y se inscribirán en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, previa incoación y tramitación del expediente, según dictamina el título I de la LPCG y el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural.

El artículo 9.3.a) de la LPCG establece que se consideran los bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, las representaciones, las expresiones, los conocimientos y las técnicas, junto con los instrumentos, los objetos, los artefactos y los espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En concreto, en el apartado 4º de este artículo se incluyen «las artes del espectáculo, en especial, la danza y la música, las representaciones, los juegos y los deportes».

El artículo 70.4 de la LPCG dispone que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial requerirá la petición expresa previa de las comunidades y las organizaciones representativas del bien, que será incorporada al expediente que se tramite.

El artículo 70.5 de la LPCG establece que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial reconocerá su carácter vivo y dinámico.

El artículo 70.6 de la LPCG expone que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial recogerá el marco temporal y espacial en el que el bien se manifiesta, así como las condiciones concretas en las que se produce.

El artículo 91 de la LPCG indica que integran el patrimonio etnológico de Galicia los lugares, los bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las creencias, los conocimientos, las actividades y las técnicas transmitidas por tradición, que se consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.

La práctica del Juego de los Bolos de Galicia o bolos celtas tiene un claro componente identitario, fomentando la adhesión a lo propio, favoreciendo la sociabilidad y la integración social –a través de la convivencia intergeneracional y de la negociación ante los avatares del juego–; tiene un componente de inclusión –es admitida al juego, dentro de la correspondiente categoría, toda persona, independientemente de la edad, del género...–; facilita la adquisición y el desarrollo de habilidades como la memoria, el razonamiento lógico, la gestión de la frustración, etc., al tiempo que facilita el aprendizaje de nuevo vocabulario -acciones del juego, los elementos del mismo, etc.-, así como fomenta el compañerismo y la cooperación -armar o plantar la caja o los bolos, la recogida de los mismos y de la bola. Y, además, es un juego accesible económicamente a todas las personas, pues precisa poco más que un espacio libre adecuado, unos bolos (que pueden ser incluso botellas de plástico), una bola y una piedra.

El análisis del contenido de la documentación que contiene el expediente administrativo, realizada por los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, concluye que el Juego de los Bolos de Galicia se configura como una manifestación inmaterial singular de la Comunidad Autónoma de Galicia y, por tanto, es susceptible de ser declarado bien de interés cultural del patrimonio cultural inmaterial de Galicia.

Teniendo en consideración todo lo expuesto y el contenido de la documentación del expediente, y por resultar el Juego de los Bolos de Galicia una manifestación singular del patrimonio cultural inmaterial de Galicia, la directora general de Patrimonio Cultural, ejerciendo las competencias establecidas en el artículo 14 del Decreto 146/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, en virtud de lo dispuesto en el título I de la LPCG y en el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia,

RESUELVE:

Primero. Incoar el procedimiento para declarar bien de interés cultural el Juego de los Bolos de Galicia, como una manifestación del patrimonio inmaterial de Galicia, según la descripción recogida en el anexo I y las medidas de salvaguarda establecidas en el anexo II de esta resolución. El expediente deberá resolverse en el plazo máximo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de esta resolución. Si transcurrido ese plazo no se hubiera emitido resolución expresa, se produciría la caducidad del procedimiento administrativo.

Segundo. Inscribir de forma preventiva el Juego de los Bolos de Galicia como manifestación del patrimonio cultural inmaterial de Galicia en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y comunicar la resolución al Inventario General del Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado para su correspondiente anotación preventiva.

Tercero. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto. Notificar la resolución de incoación a la Federación Gallega de Bolos.

Quinto. Abrir un período de información pública por el plazo de un mes, contado desde el siguiente día al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para que cualquier persona física o jurídica pueda consultar el expediente y presentar las alegaciones e informaciones que considere oportunas. El expediente se podrá examinar en el Servicio de Inventario (Dirección General de Patrimonio Cultural, Edificio Administrativo San Caetano, bloque, 2º piso, en Santiago de Compostela), con petición de cita previa.

Santiago de Compostela, 8 de octubre de 2024

Mª Carmen Martínez Ínsua
Directora general de Patrimonio Cultural

ANEXO I

El Juego de los Bolos de Galicia

1. Denominación: el Juego de los Bolos de Galicia.

Denominación secundaria: el Juego de los Bolos Celta.

2. Tipo de manifestación:

Las artes del espectáculo, en especial la danza y la música, las representaciones, los juegos y los deportes (artículo 9.3.a.4º de la LPCG).

3. Descripción:

3.1. Contexto histórico del Juego de los Bolos de Galicia.

El lanzamiento es una habilidad básica humana, junto con correr, trepar, saltar y girar, que, además, en el pasado, era fundamental para cazar. En efecto, los lanzamientos de puntería y precisión tienen un componente atávico de supervivencia, de los que a veces depende la propia vida, pero también, al ser las personas seres lúdicos, se usó la habilitad del lanzamiento también para la recreación y el ocio.

En este sentido, los seres humanos de la Edad de Piedra ya practicaban el tiro de guijarros, más o menos redondos, contra huesos de animales que simulaban bolos y la civilización egipcia ya jugaba a los bolos o juegos similares a los de hoy en día. De hecho, este juego aparece en la Prehistoria y en la Edad Antigua en sitios tan distintos y lejanos como Malasia, Turquía, Egipto, Grecia, Roma, la América precolombina... En definitiva, los primeros pobladores de Galicia, al igual que en otras partes del mundo, usaban la habilidad natural de lanzar para cazar, pero también para distraerse y jugar.

En Galicia el Juego de los Bolos se conservó y se desarrolló fundamentalmente en el mundo rural, desde donde en la Edad Contemporánea se desplaza al ámbito urbano gallego, debido al progresivo asentamiento de la industria moderna en el país, y al panorama internacional, a causa de la importancia del fenómeno emigratorio en Galicia.

Con la llegada de la industrialización de los procesos productivos hay un desplazamiento poblacional del rural hacia las ciudades, cambiándose las localizaciones del juego. De este modo, se procura continuar jugando a los bolos en las tabernas de los arrabales y de los barrios de los trabajadores. Además, los taberneros sabían que era un encuentro social que mejoraba el negocio, por lo que, en ocasiones, habilitaron lugares para jugar en el vecindario de la taberna.

La emigración gallega expandió el Juego de los Bolos en aquellos lugares a los que llegaba y, en los países de más emigración gallega, incluso se crearon asociaciones donde se juega a día de hoy a los bolos tradicionales. Para los emigrantes los bolos forman parte de la cultura propia, son un trazo identificador y sirven para vencer la morriña.

Respecto al bolo celta, existen asociaciones en Argentina y Uruguay, que, además, se reúnen en los campeonatos intercontinentales. En Buenos Aires se juega en el Centro Galicia, el Círculo Social Valle Miñor y en el Centro Cangas del Narcea; y en Montevideo se practica juego en el Centro Social, Cultural y Deportivo de Bolos Valle Miñor. Otros países a los que la emigración gallega llevó el juego son Cuba, México o Chile.

A comienzos del siglo XX es probable que el Juego de los Bolos tradicionales se expandiera por la totalidad de la geografía gallega, al tratarse de uno de los juegos populares y tradicionales más importantes de la historia de Galicia.

En Galicia la práctica del Juego de los Bolos comienza a debilitarse en la década de los años 50 del siglo XX. A fin de transmitir, impulsar y proteger este juego, en el año 1988 se funda la Federación Gallega de Bolos, que incorpora, en el año 1992, el juego del bolo celta o tradicional.

3.2. La descripción del juego y sus modalidades.

La descripción del juego:

El Juego de los Bolos de Galicia, que presenta una variada gama de modalidades, consiste en lanzar o hacer rodar una bola contra una serie de bolos, con el objetivo de derribarlos y desplazarlos lo más lejos posible, conjugando la plasticidad en el tiro con la dinámica del ejercicio y con las cualidades físicas de fuerza, potencia y coordinación.

Los lugares de juego estaban instalados tradicionalmente en las plazas de los pueblos o delante de las iglesias y las competiciones consistían en jugarse corderos, gallos, jarras de vino, etc.

También funcionaba el Juego de los Bolos como complemento festivo de los actos profanos de la fiesta de la parroquia formando parte de las relaciones sociales y sirviendo de punto de encuentro en los atardeceres de la primavera o del verano, cuando era típico encontrar a los hombres jugándose el vaso de vino en la plaza del pueblo.

Para describir el Juego de los Bolos de Galicia, hay que referirse a tres tipos de elementos: elementos que juegan, elementos que no juegan y elementos complementarios.

A) Elementos que juegan: como elementos del juego que juegan están las bolas y los bolos.

• Las bolas: completamente esféricas, son de madera de boj (aunque en la actualidad, debido su escasez, se utilizan otras, como el quebracho, la samanduba, el olivo e inclusive la fibra o poliéster); su diámetro oscila entre los 13 y 14,5 centímetros y su peso entre los 1,5 y 2 kilos. La madera debe ser cortada unos dos años antes de la confección de la bola.

• Los bolos: también de madera de boj, tienen de 15 a 16 centímetros de alto y pesan entre 150 y 200 gramos.

B) Elementos que no juegan: son elementos pasivos necesarios para el juego, al estar relacionados con el espacio del juego, pero que no tienen ningún movimiento.

• El tiro: está compuesto de dos partes; la zona de apoyo o tiro propiamente dicho y la zona de caída o poza.

• La zona de tiro es de piedra ligeramente rugosa para que no resbalen los jugadores cuando lanzan, sobre todo, cuando llueve. Esta zona de tiro está a nivel con la piedra en la que se plantan los bolos. Anexa está la poza en la que el jugador apoya el pie al lanzar la bola. Esta poza tiene un desnivel aproximado con el tiro entre unos 15 o 60 centímetros y tiene entre dos y seis metros en dirección a la piedra o loseta de colocación de los bolos.

• La piedra o loseta: de piedra pulida es de 1,20 × 0,70 metros, con una pendiente de un 15 % aproximadamente con respecto a la piedra de tiro, y otra pendiente más variable en dirección a raya de birle.

• La raya de birle: también es conocida como raya de 10, puesto que suma 10 tantos cada bolo que la sobrepase. Está ubicada a una distancia de 21 metros desde el centro de la piedra o loseta de colocación de bolos.

C) Elementos complementarios: son elementos que forman parte de la infraestructura del juego, importantes en su preparación y su desarrollo. Es imprescindible un recipiente lleno de agua para poder lavar la bola. También se puede disponer de una red colocada en semicírculo paralelo a la raya de birle y a unos dos metros de esta, a una altura entre tres y seis metros, sirviendo para recuperar rápidamente las bolas y los bolos.

Las modalidades del juego:

La denominación del Juego de los Bolos de Galicia o bolos celtas comprende una gran variedad de modalidades de pasabolo, entre las que destacan las siguientes: bolos de O Val Miñor, bolos de la Comarca de Viana do Bolo, bolos de Xove, bolos O Canteiro, bolos en línea, bolos de O Barbanza y bolos A Cova.

Provincia de Pontevedra:

• O Rosal: modalidad de 13 bolos, tipo bolo O Canteiro y de 7 bolos.

• Oia: modalidad de 9, 7 bolos, y la de 5 bolos y la de 18 bolos en línea o «resta».

• Tomiño: la modalidad de 5, 7 y 18 bolos en línea o «resta».

• Gondomar, Baiona y Nigrán: modalidad de 18 bolos en línea o «resta».

• Redondela, Pazos de Borbén, Soutomaior y Pontevedra: modalidad de bolos A Cova, de 9 bolos separados y se lanza desde un foso de abajo para arriba.

Provincia de Ourense:

• Viana do Bolo: modalidad de 6 bolos en línea y la modalidad de As Rúas, siendo 9 bolos tipo bolo O Canteiro.

• A Veiga: modalidad de 6 bolos en línea.

• O Bolo: modalidad de 6 bolos en línea y As Rúas.

• Manzaneda: modalidad de 9 bolos en línea, siendo los bolos muy rudos, prácticamente cortando el tronco de un tojo descascado y casi sin trabajar o cualquier otro tipo de madera resistente al impacto de las bolas.

• Valdeorras y Terra de Trives.

• Parada de Sil: modalidad tipo bolo O Canteiro, con 9 bolos cónicos y otros bolos en línea de 10 puntos denominados «belbas».

Provincia de Lugo:

• Pantón: modalidad de 9 bolos plantados, separados tipo bolo O Canteiro, y todos los bolos derribados valen lo mismo.

• Meira: modalidad de 9 bolos en línea, separados unos 15 cm, en forma de bombilla, con líneas de 10-20 y 40 puntos.

• Castro de Rei: modalidad de 9 bolos en línea, separados unos 10 cm, en forma de bombilla, con líneas de 10-20 y 40 puntos.

• A Pontenova: modalidad de O Val Miñor y la modalidad de 9 bolos en línea, en la que la forma de estos es como un barrilete, con línea de 10.

• Riotorto: modalidad de 9 bolos en línea, separados 10 cm y también O Canteiro, pero valiendo lo mismo todos los bolos y se plantan 9 bolos, con líneas de 10-15-20-25-30 y 35 puntos.

• Quiroga: modalidad de 6 bolos, con dos rayas de 10 y 15 puntos, se plantan juntos y se suelta la bola cerca de los bolos, casi tocándolos con la mano; son bolos pequeños, similares a otros juegos de la provincia de Zamora.

• Xove: modalidad de 10 bolos en línea y la forma del bolo y de pequeño barril de 11,5 cm de altura y con dos rayas de 10 y 20 puntos.

• Ribadeo, Barreiros y Trabada: modalidad de bolo O Canteiro de 9 bolos con forma de barrilete y líneas de 10 y 20 puntos.

• Lourenzá y Mondoñedo: modalidad de bolo O Canteiro de 9 bolos y líneas de 10 y 20 puntos.

Provincia de A Coruña:

• Boiro, A Pobra do Caramiñal y Ribeira: modalidad de 12 bolos en línea, tipo bombilla similares al bolo O Canteiro de Lugo, pero mucho más pequeños. Los campos suelen estar en pendiente y tienen líneas de 10, 25, 50 y 100 y el acabón, que, como indica su nombre, es el bolo que pasa esa distancia, que puede ser que pase por encima de un seto, de un arbolado, acaba la partida, que acostumbra a ser a 200 tantos. Son los campos más largos de todas nuestras modalidades pudiendo alcanzar los 100 metros de longitud.

• Dodro, Padrón y Rois: modalidad de 9 bolos en círculo y un bolo en medio, tipo bolo O Canteiro, y un juego similar a otros de la provincia de Zamora.

3.3. La comunidad portadora y las formas de transmisión.

Los juegos de los bolos, como práctica tradicional, han sido transmitidos de generación en generación oralmente y por la práctica misma del juego. Dado que la regulación de los bolos era conocida por lo general por la población, no se ha percibido la necesidad de fijar las normas por escrito; así como tampoco fue recogido por los medios de comunicación locales ni, salvo excepciones, ha sido plasmado en obras de otro tipo.

Los bolos fueron una de las principales formas de ocio en el pasado, por lo general, entre personas de la misma comunidad o más o menos próximas, en las más de las ocasiones sin participar en ligas. He ahí una de las razones de las variaciones que este juego presenta. Diversidad que se manifiesta al mismo tiempo en el vocabulario del juego, en las características de los materiales fijos y muebles para su desarrollo, etc.

El proceso de custodia y la transmisión se encuentra en la actualidad en un punto crítico, pues la práctica del juego y las personas que guardan el saber están disminuyendo, con el riesgo consiguiente de perderse las formas propias de cada zona.

Por esto, la importancia de la introducción del juego de bolos en las etapas educativas de Educación Primaria, las modalidades locales y las federadas, para mantener vivos los saberes y las prácticas, transmitiendo su conocimiento a los más jóvenes y asegurándoles la pervivencia a estas prácticas idiosincráticas.

La práctica tradicional de los juegos de bolos de Galicia constituye en su vertiente federada la Federación Española de Bolos, adherida al Manifiesto de Sostenibilidad del Comité Olímpico Español.

3.4. El marco temporal en el que se manifiesta el Juego de los bolos de Galicia.

El juego de bolos puede ser practicado durante todo el año, sin otras limitaciones que las laborales y, en su caso, las condiciones meteorológicas. Tradicionalmente, en la realidad, las partidas tenían lugar los días festivos, especialmente en las fiestas patronales; en definitiva, en los tiempos de ocio que permitían las obligaciones laborales.

Hoy se juega a los bolos casi durante todo el año, pues, en casos, ha sido incorporado a la materia de Educación Física en los centros educativos, tanto de Educación Primaria como en Educación Secundaria; si bien la primavera, el verano y el otoño son las épocas más apropiadas; respecto a qué días se juega más, siguen siendo los no laborales.

Muchas veces, los campos de bolos estaban asociados a otros espacios de sociabilidad, como son las tabernas; lo que facilitaba la presencia de jugadores potenciales, así como la realización de apuestas (a veces organizadas por el tabernero) y facilitaba el mantenimiento del campo (por el tabernero por lo general). Además, frecuentemente el juego iba unido a tomar una bebida y, al final, compartir algo de comer, sobre todo, cuando se jugaba y se sigue jugando entre amigos y por ocio.

3.5. El marco espacial en el que se manifiesta el Juego de los bolos de Galicia.

El Juego de los Bolos de Galicia está extendido por toda la geografía gallega y, con diferentes grados de actividad, está presente en las cuatro provincias de Galicia y, en concreto, con diferentes modalidades, en los siguientes ayuntamientos:

• Provincia de A Coruña: Boiro, Dodro, A Pobra do Caramiñal y Ribeira.

• Provincia de Lugo: Barreiros, Castro de Rei, Lourenzá, Meira, Mondoñedo, A Pontenova, Pantón, Quiroga, Ribadeo, Riotorto, Trabada y Xove.

• Provincia de Ourense: O Bolo, Manzaneda, Parada de Sil, A Veiga y Viana do Bolo.

• Provincia de Pontevedra: Baiona, Gondomar, Nigrán, Oia, Pazos de Borbén, Pontevedra, Redondela, O Rosal, Soutomaior y Tomiño.

En el año 2016 la competición en Galicia estaba organizada en cuatro ligas: Liga Sur, Liga Boiro, Liga Norte y Liga Ourense, que abarcan las cuatro provincias.

3.6. La función social.

Por todo lo expuesto, la práctica de este juego tiene un claro componente identitario -fomentando la adhesión a lo propio-, favoreciendo la sociabilidad y la integración social –a través de la convivencia intergeneracional y de la negociación ante los avatares del juego–; tiene también un componente de inclusión –es admitida al juego toda persona, dentro de la correspondiente categoría, independientemente de la edad, el género...–, facilita la adquisición y el desarrollo de habilidades como la memoria, el razonamiento, el aprendizaje de nuevo vocabulario -acciones del juego, elementos del mismo, etc.-, así como fomenta el compañerismo y la cooperación -armar o plantar la caja o los bolos, recogida de la misma y de la bola...-. Y además es un juego accesible económicamente a todas las personas, pues precisa poco más de un espacio libre adecuado, unos bolos (que pueden ser incluso botellas de plástico) una bola y la piedra.

3.7. La compatibilidad con las declaraciones generales de los derechos humanos de respeto entre comunidades, grupos e individuos o el desarrollo sostenible.

En la actualidad los juegos de bolos tradicionales de Galicia constituyen una práctica deportiva respetuosa con los derechos humanos y con un rotundo componente integrador, capaz de ser practicado por cualquier persona con las únicas limitaciones derivadas de las exigencias de la modalidad concreta o del lógico nivel de juego a que obliga la competición regulada.

Por las características de su práctica, fomenta los valores del deporte y facilita la interacción entre personas de extracción social y origen diversos, constituyendo los campos de bolos espacios de socialización y de convivencia.

Como práctica tradicional los juegos de bolos de Galicia constituyen una práctica sostenible y, en su vertiente federada, la Federación Española de Bolos está adherida al Manifiesto de Sostenibilidad del Comité Olímpico Español.

ANEXO II

Medidas de salvaguarda

El artículo 1 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, tiene como objetivo la protección, la conservación, la difusión y el fomento del patrimonio cultural de Galicia constituido por los bienes y las manifestaciones inmateriales que, por su valor, deban ser considerados como de interés para la cultura gallega a través del tiempo y, también por aquellos bienes y manifestaciones inmateriales de interés para Galicia en los que concurra alguno de los valores señalados y que se encuentren en Galicia, con independencia del lugar en el que se hayan creado.

El artículo 9.3 de dicha ley establece que se consideran bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, las representaciones, las expresiones, los conocimientos y las técnicas, junto con los instrumentos, los objetos, los artefactos y los espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En concreto, en el apartado 4 de este artículo se incluyen «las artes del espectáculo, en especial, la danza y la música, las representaciones, los juegos y los deportes».

Al mismo tiempo, el artículo 91 dispone que integran el patrimonio etnológico de Galicia los lugares, los bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las creencias, los conocimientos, actividades y las técnicas transmitidas por tradición, que se consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.

Las medidas generales de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial comprometen a las administraciones públicas, dentro de sus competencias y disponibilidades presupuestarias, a garantizar su viabilidad, principalmente su identificación, su documentación, su registro, su investigación, su preservación, su protección, su promoción, su valorización, su transmisión y su revitalización.

En consecuencia, es conveniente proceder al archivo y a la sistematización de los documentos relacionados con este patrimonio cultural para poder tener una comprensión más eficaz y completa del mismo, y su difusión debe ser incorporada a la enseñanza, tanto la formal como la no reglamentada, y realizar su difusión para mejorar su transmisión.

La documentación y la recogida de testimonios, material audiovisual y la recopilación de otros registros de interés deberían ser sistematizadas y puestas a disposición de las personas interesadas.

Asimismo, es necesario continuar con la realización del Juego de los Bolos de Galicia, promovidos por las más diversas entidades, comprometidas con la tradición y su necesaria transmisión como ejemplo de cohesión cultural e identidad colectiva.

Del mismo modo, es necesario continuar con el reconocimiento a los jugadores y a las jugadoras y homenajear a las generaciones transmisoras.