DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Miércoles, 16 de octubre de 2024 Pág. 54871

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia, por la que se modifican la Resolución de 21 de marzo de 2022 por la que se establecen criterios para la cobertura de puestos de trabajo mediante comisión de servicios en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia y la Resolución de 18 de mayo de 2022 por la que se regulan las sustituciones entre personal funcionario en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En virtud de las sentencias 00399/2023 y 00638/2024, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, y oídas las organizaciones sindicales con representación en la Mesa sectorial del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia en Galicia,

DISPONGO:

Artículo primero. Modificación de la Resolución de 21 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se establecen criterios para la cobertura de puestos de trabajo mediante comisión de servicios en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia

La Resolución de 21 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se establecen criterios para la cobertura de puestos de trabajo mediante comisión de servicios en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia, se modifica en los siguientes términos:

Primero. Se anula el apartado 1 del artículo 2

Segundo. Se modifica el artículo 3, que queda redactado de la siguiente manera:

Se considera plaza vacante, a efectos de lo establecido en la siguiente resolución, aquella que esté desocupada por las siguientes causas:

a) Pérdida de la condición de funcionario/a.

b) Plaza cuyo titular esté en servicios especiales.

c) Excedencia voluntaria por interés particular.

d) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.

e) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

f) Plaza de nueva creación.

g) Plazas que hayan quedado vacantes o desiertas en el concurso de traslados.

Tercero. Se modifica el artículo 14, que queda redactado de la siguiente manera:

1. Serán causas de cese en la comisión de servicio:

a) El transcurso del tiempo máximo establecido en el artículo 13 de esta resolución.

b) La provisión definitiva del puesto vacante por personal funcionario de carrera.

c) La adscripción provisional de un/una funcionario/a de carrera.

d) La amortización de la plaza.

e) La obtención de un nuevo destino definitivo, cesando en la comisión el mismo día del cese en el destino desde el que obtuvo la comisión de servicios.

f) La renuncia de la persona adjudicataria de la comisión de servicios.

Artículo segundo. Modificación de la Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se regulan las sustituciones entre personal funcionario en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia

La Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se regulan las sustituciones entre personal funcionario en el ámbito de la Administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia, se modifica en los siguientes términos:

Primero. Se modifica el apartado 1 del artículo 1, que queda redactado como sigue:

1. Esta resolución tiene por objeto regular la provisión de forma temporal, mediante sustituciones, de los puestos de trabajo reservados al personal funcionario integrante de los cuerpos o escalas generales al servicio de Administración de justicia –cuerpos de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial– que presten sus servicios en la Administración de justicia en Galicia, cuando estos puestos se encuentren vacantes o su titular esté ausente en períodos de larga duración.

A estos efectos, se entiende por larga duración un período de 61 días naturales o más.

Segundo. Se deroga el artículo 8.

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2024

José Tronchoni Albert
Director general de Justicia