La Orden de 13 de diciembre de 2023 (publicada en el DOG número 244, de 27 de diciembre) establece las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga), y las convoca para el ejercicio presupuestario de 2024.
En su artículo 29, relativo a la financiación de estas ayudas, se detalla la aplicación presupuestaria utilizada así como el importe económico previsto para cada uno de los ejercicios presupuestarios establecidos. En este artículo se señala además que los importes indicados se podrán incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
La existencia de remanentes de otras convocatorias permite la ampliación de los fondos inicialmente previstos, siendo además necesaria esta ampliación a la vista de las solicitudes de ayuda presentadas. Se trata, por lo tanto, de una convocatoria de ayudas aun no resuelta, y mediante esta orden de modificación se da cumplimiento al requisito de publicidad del incremento del crédito presupuestario para su conocimiento por las posibles personas beneficiarias de las ayudas.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,
DISPONGO:
Artículo único. Ampliación de la dotación presupuestaria
Se amplía la dotación presupuestaria que se establece en la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2024, en los siguientes importes:
Concepto presupuestario |
Código de proyecto |
Anualidad 2024 (€) |
Anualidad 2025 (€) |
45.04.713D.770.0 |
201400658 |
1.000.000 |
1.034.624 |
Conforme a eso, la dotación presupuestaria total para la financiación de esta orden es la siguiente:
Concepto presupuestario |
Código de proyecto |
Anualidad 2024 (€) |
Anualidad 2025 (€) |
45.04.713D.770.0 |
201400658 |
3.000.000 |
3.534.624 |
Disposición adicional única. No afectación al plazo de presentación de las solicitudes de ayuda
Esta modificación presupuestaria no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 13 de diciembre de 2023.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de julio de 2024
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural