DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Viernes, 12 de julio de 2024 Pág. 42158

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 1 de julio de 2024, por el que se aprueba el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y mejora de la seguridad vial (MSV) de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10, y el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas del proyecto de trazado de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y MSV de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, de clave PO/17/161.01.1.

Antecedentes:

El 2 de julio de 2019 se publicó, en el Diario Oficial de Galicia núm. 124, el Anuncio de 25 de junio de 2019 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián, vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y mejora de la seguridad vial (MSV) de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado (clave PO/17/161.01.1).

El 28 de junio de 2021 se publicó, en el Diario Oficial de Galicia núm. 121, el Anuncio de 11 de junio de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de trazado de adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián, vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y mejora de la seguridad vial (MSV) de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, de clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 55.6 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia,

RESUELVO:

Publicar el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 1 de julio de 2024, por el que se aprueba el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y mejora de la seguridad vial (MSV) de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10, y el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas del proyecto de trazado de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC) Tui- A Guarda y MSV de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, de clave PO/17/161.01.1, que se recoge como anexo a esta resolución.

Contra dicho acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que con carácter previo y potestativo se pueda formular un recurso de reposición en el plazo de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el caso de ser un sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, para la interposición del recurso de reposición deberá emplear el modelo IF321B de recurso en materia de infraestructuras, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal/, ante la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2024

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras

ANEXO

Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 1 de julio de 2024, por el que se aprueba el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda y mejora de la seguridad vial (MSV) de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760 a 59+860, clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10, y el trámite de información pública e informe de las administraciones afectadas del proyecto de trazado de reformulación del tramo PO-350-Goián. Vía de alta capacidad (VAC)
Tui- A Guarda y MSV de la carretera PO-552, puntos kilométricos 57+760
a 59+860, de clave PO/17/161.01.1

1º. Aprobar el expediente correspondiente a los trámites de información pública e informe de las administraciones afectadas de los proyectos de trazado:

– Reformulación del tramo PO-350-Goián. VAC Tui- A Guarda y MSV de la carretera PO-552, pp.kk. 57+760 a 59+860, de clave PO/17/161.01.1.

– Adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián. VAC Tui-A Guarda y MSV de la carretera PO-552, pp.kk. 57+760 a 59+860, clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10.

2º. Aprobar definitivamente el proyecto de trazado de adaptación de los caminos de servicio previstos en el proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián. VAC Tui-A Guarda y MSV de la carretera PO-552, pp.kk. 57+760 a 59+860, clave PO/17/161.01.1, a las necesidades de movilidad municipal, de clave PO/20/086.10, con las siguientes modificaciones respecto del proyecto sometido a información pública:

– Mejora de caminos: teniendo en cuenta las nuevas necesidades de movilidad municipal, contempladas en la modificación puntual núm. 10 del PGOM del ayuntamiento de Tomiño, los caminos de servicio sometidos a información pública en el proyecto de clave PO/20/086.10, que atendían a las necesidades municipales, serán sustituidos por la propuesta de caminos que complementan la movilidad en el tramo de la carretera autonómica en suelo rústico y de suelo rural que proponga la modificación puntual núm. 10 del PGOM, relativa al parque agroindustrial transfronterizo de O Baixo Miño; que están coordinados con el resto de caminos que propone la modificación del Plan general.

– Todos los nuevos caminos y conexiones en el ámbito del proyecto tendrán la categoría de red local, excepto el tramo que se desdobla de la PO-552 y sus glorietas de conexión, que formarán parte de la red estructurante, ya que forman parte directa de la conexión con la República Portuguesa.

– Dado que se está disminuyendo el ámbito de actuación (en los caminos de servicio), se redactará un documento con el ámbito de la actuación que afecta al desdoblamiento de la PO-552 y una relación actualizada de los bienes y derechos afectados, que estará a disposición de los afectados.

Conforme establece el artículo 23.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Tomiño, en el cual se asientan las infraestructuras objeto del proyecto, deberá adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecen las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo de un año y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

La aprobación definitiva del proyecto de trazado implica la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos necesarios para la ejecución de las obras, de los depósitos de los materiales sobrantes, de los préstamos necesarios para ejecutarlas y para reposición de servicios afectados, previstos en el proyecto, así como para el replanteo del proyecto y las modificaciones de este que, en su caso, pudiesen aprobarse posteriormente, y la urgencia de la ocupación, todo eso a efectos de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres, según lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 8/2013, de 28 de junio.