Advertidos errores en la resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 123, de 26 de junio de 2024, es necesario efectuar la siguiente corrección:
En la página 39289, en el párrafo 8, donde dice:
«a) El formulario que figura en el siguiente apartado de la página web de Augas de Galicia https://augasdegalicia.xunta.gal/abastecemento».
Debe decir:
«a) El formulario que figura en el siguiente apartado de la página web de Augas de Galicia https://augasdegalicia.xunta.gal/seccion-tema/c/Obras_AHG_Abastecemento?content=/Portal-Web/Contidos_Augas_Galicia/Seccions/dixitalizacion-abastecemento/seccion.html».
En la página 39295, en el párrafo 5, donde dice:
«2. Identificación de las necesidades de digitalización del abastecimiento en alta y grado de compromiso con la digitalización. Se analizará la justificación que realicen los ayuntamientos de sus necesidades de digitalización y las actuaciones previas de digitalización ejecutadas según lo recogido en la memoria técnica presentada. Hasta un máximo de 35 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:».
Debe decir:
«b) Identificación de las necesidades de digitalización del abastecimiento en alta y grado de compromiso con la digitalización. Se analizará la justificación que realicen los ayuntamientos de sus necesidades de digitalización y las actuaciones previas de digitalización ejecutadas según lo recogido en la memoria técnica presentada. Hasta un máximo de 35 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:».
En la página 39296, en los párrafos 3, 4, 5 y 6, donde dice:
«3. El plan municipal de emergencia frente a la sequía. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan municipal de emergencia frente a la sequía aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan municipal de emergencia frente a la sequía aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan municipal de emergencia frente a la sequía aprobado en los últimos 5 años».
Debe decir:
«c) El plan municipal de emergencia frente a la sequía. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan municipal de emergencia frente a la sequía redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan municipal de emergencia frente a la sequía redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan municipal de emergencia frente a la sequía redactado en los últimos 5 años».
En la página 39296, en los párrafos 7, 8, 9 y 10, donde dice:
«4. La auditoría para la cuantificación de pérdidas. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con una auditoría para la cuantificación de pérdidas aprobada en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia de la misma y la justificación de su aprobación.
5 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con una auditoría para la cuantificación de pérdidas aprobada en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia de la misma pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud una auditoría para la cuantificación de pérdidas aprobada en los últimos 5 años».
Debe decir:
«d) La auditoría para la cuantificación de pérdidas. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con una auditoría para la cuantificación de pérdidas redactada en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia de la misma y la justificación de su aprobación.
5 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con una auditoría para la cuantificación de pérdidas redactada en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia de la misma pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud una auditoría para la cuantificación de pérdidas redactada en los últimos 5 años».
En la página 39297, en los párrafos 1, 2, 3 y 4, donde dice:
«5. El plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas aprobado en los últimos 5 años».
Debe decir:
«e) El plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan de actuaciones para la reducción de las pérdidas redactado en los últimos 5 años».
En la página 39297, en los párrafos 5, 6, 7 y 8, donde dice:
«6. El plan director de abastecimiento municipal. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan director de abastecimiento municipal aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan director de abastecimiento municipal aprobado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en el caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan director de abastecimiento municipal aprobado en los últimos 5 años».
Debe decir:
«f) El plan director de abastecimiento municipal. Hasta un máximo de 10 puntos. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
10 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan director de abastecimiento municipal redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo y la justificación de su aprobación.
5 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que cuenten con un plan director de abastecimiento municipal redactado en los últimos 5 años y que aporten a la solicitud una copia del mismo pero no la justificación de su aprobación.
0 puntos en caso de ayuntamientos solicitantes que no aporten a la solicitud un plan director de abastecimiento municipal redactado en los últimos 5 años».
En la página 39297, en el párrafo 9, donde dice:
«7. En el supuesto de que más de una solicitud obtenga la misma puntuación, el desempate se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:».
Debe decir:
«2. En el supuesto de que más de una solicitud obtenga la misma puntuación, el desempate se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:».