DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Jueves, 13 de junio de 2024 Pág. 35871

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

EXTRACTO de la Resolución de 3 de junio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2024, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (código de procedimiento PR780A).

BDNS (Identif.): 766843.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de 3 de junio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2024, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (código de procedimiento PR780A), cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarios de la línea en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones convocadas los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración local de Galicia, que promuevan planes de formación para el personal empleado público, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del AFEDAP.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6, segundo párrafo del AFEDAP, solo podrán ser beneficiarias de la línea en régimen de concurrencia no competitiva de las subvenciones convocadas las asociaciones o federaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias o prohibiciones indicadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, como en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de que las entidades no están incursas en las prohibiciones o circunstancias relacionadas en dichos artículos se realizará mediante declaración responsable, a través de los anexos I, IV y VI, según corresponda.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de Galicia para el año 2024 en el marco del AFEDAP (código de procedimiento PR780A).

Tercero. Bases reguladoras

Las bases que regirán serán las contenidas en la propia Resolución de 3 de junio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2024, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (código de procedimiento PR780A).

Las bases se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Financiación. Líneas de subvenciones

La asignación para las subvenciones objeto de esta convocatoria para el ejercicio 2024 se establece en 675.550 euros.

Esta resolución, según el principio de economía procedimental, incluye dos líneas de subvenciones, una, en régimen de concurrencia competitiva, y otra, en régimen de concurrencia no competitiva, con la misma causa, esto es, la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de Galicia. El importe se distribuye de la siguiente manera:

Descripción

Aplicación presupuestaria

Importe

Entidades beneficiarias

Línea en concurrencia competitiva

07.81.122B.460.1

Fondo finalista del Estado

513.418€

Entidades que presenten planes de formación unitarios y/o agrupados

Línea en concurrencia no competitiva

07.81.122B.481.0

Fondo finalista del Estado

162.132€

Entidades que presenten planes de formación interadministrativos

Podrá ampliarse la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria. El incremento del crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito a consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito; de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio, o de una transferencia de crédito, si el procedimiento de concesión es el previsto en el artículo 19.2 de la Ley de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta convocatoria.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Para la presentación de las solicitudes podrán emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2024

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública