A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: enlace LAT entre CS Fornaza y CT Río de Porcos.
Solicitante: Viesgo Distribución Eléctrica, S.L.
Domicilio social: calle Isabel Torres, 25, 39011 Santander, Cantabria.
Características técnicas principales:
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 20 kV, con una longitud de 1.471 m en conductor 94-AL1/22-ST1A (LA-110), con origen en la conversión aéreo enterrada del apoyo núm. 0 proyectado y final en el apoyo núm. 9 proyectado en la LAT Salime-Grandas, en sustitución del apoyo AV97972 existente.
– Línea enterrada de alta tensión a 20 kV, con una longitud de 85 m en conductor HEPRZ1-12/20 kV 1×240 k Al + H16, con origen en la conversión aéreo enterrada del apoyo núm. 0 de la nueva LAAT de enlace proyectada y final en el nuevo centro de seccionamiento prefabricado Fornaza que será objeto de otro proyecto.
– Retensado del conductor existente 47-AL1/8-ST1A (LA 56) de los vanos contiguos al apoyo núm. 9 proyectado en la LAT Salime-Grandas.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta junto con esta resolución.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta dirección territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia de Lugo, ronda de la Muralla, 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta dirección territorial, de lunes a viernes, entre las 9.00 horas de la mañana y las 14.00 horas de la tarde, y en el siguiente enlace web de la consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacion-electrica/fornaza-riodeporcos
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados según lo dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa su lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se haya podido realizar, y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 20 de mayo de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo
ANEXO I
Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto
de enlace LAT entre CS Fornaza y CT Río de Porcos
Ayuntamiento: A Fonsagrada (Lugo).
Expediente: IN407A 2024/35-2.
Nº finca |
Polígono |
Parcela |
Ref. catastral |
Paraje |
Cultivo |
Propietario |
Apoyo (nº) |
Apoyo superficie ocupación permanente (m2) |
LATA superficie afectada por vuelo m2 |
Superficie ocupación temporal m2 |
7 |
263 |
47 |
27018A26300047 |
Pico Cortiña |
Monte bajo |
Manuel Naveiras Ruiz |
|
|
1.248 |
|
9 |
263 |
41 |
27018A26300041 |
Cortiña |
Monte bajo |
Manuel Naveiras Ruiz |
2 |
2 |
1.270 |
149 |
10 |
263 |
42 |
27018A26300042 |
Cortiña |
Monte bajo |
Carlos López Méndez |
|
|
1.012 |
|
11 |
263 |
43 |
27018A26300043 |
Cortiña |
Monte bajo |
Desiderio Méndez |
|
|
86 |
|
18 |
263 |
127 |
27018A26300127 |
Río San Andrés |
Monte bajo |
Manuel Naveiras Ruiz |
|
|
|
727 |