DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Viernes, 24 de mayo de 2024 Pág. 31473

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Soutomaior

ANUNCIO de la oferta de empleo público para el año 2024.

Mediante el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 29 de abril de 2024, de este Aayuntamiento, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a las plazas que a continuación se señalan:

Personal funcionario:

Grupo

Subgrupo

Escala

Subescala

Denominación

Número de
plazas ofertadas

Turno
(turno libre/promoción interna)

C

C1

Administración general

Administrativo

Administrativo

1

Promoción interna

C

C1

Administración especial

Servicios especiales

Oficial policía local

1

Promoción interna

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y del artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Soutomaior en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición, ante este ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Soutomaior, 30 de abril de 2024

Manuel A. Lourenzo Sobral
Alcalde