Visto el expediente para outorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Peticionaria: Barras Eléctricas Galaico Asturianas, S.A.
Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.
Denominación: SE Ludrio: nueva LSAT 20 kV DC a OCR Castro Lea.
Situación: ayuntamiento de Castro de Rei.
Características técnicas principales:
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV doble circuito C. Lea 1 y 2, con origen en la SE Ludrio y final en el nuevo CS Castro Lea, con una longitud de 9.550 metros cada circuito, en conductor HEPRZ1-400 mm.
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV doble circuito Cospeito 1 y Vilalba, con origen en un PAS realizado en la fachada del CTC Castro de Lea 13728 y final en el nuevo CS Castro Lea, con una longitud de 60 metros cada circuito, en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Centro de transformación en edificio prefabricado Castro Lea, con una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia inicial de 250 kVA, en el cual se instala una celda de línea telemandada y una de protección con fusibles, relación de transformación 20.000/400-230V.
• Centro de seccionamiento Castro Lea en edificio prefabricado compartido con el CT Castro Lea, en el cual se instalan siete (7) celdas de línea telemandadas y una de acople/interruptor pasante.
• Desmontaje de toda la aparamenta del CT 13728 Castro de Lea (5 celdas de MT, transformador de 160 kVA y 2 cuadros de BT, desmontaje de 60 metros de 2 circuitos en conductor RHZ1-150 y desmontaje de la caseta prefabricada que aloja el trafo actual.
Finalidad de la instalación: mejora de las instalaciones.
Presupuesto: 1.686.138,48 euros.
Documentación que se acompaña:
• Separata para el Ayuntamiento de Castro de Rei.
• Separata para la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
• Separata para la Consellería de Cultura.
• Separata para la Consellería de Infraestructuras.
• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.
Esta dirección territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, el Decreto 49/2023, de 19 de mayo, por el que se modifica el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un técnico competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.
Lugo, 13 de mayo de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo