El 25.4.2022 se publicó en el DOG el acuerdo de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación de Lugo, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico-PIA) del proyecto del parque eólico Vacaloura en los ayuntamientos de Monterroso y Portomarín (Lugo) (expediente IN408A 2017/28).
Por la Resolución de 20.4.2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se otorga autorización la administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Vacaloura, en los ayuntamientos de Monterroso y Portomarín (Lugo) y promovido por Green Capital Power, S.L. (expediente IN408A 2017/28).
El 25.4.2023, Green Capital Power, S.L. presenta ante la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales una solicitud de declaración de utilidad pública para el parque eólico Vacaloura, donde remite diversa documentación para su tramitación, con la correspondiente relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados.
El 12.7.2023, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales requiere a Green Capital Power, S.L. la subsanación de dicha solicitud de declaración de utilidad pública.
A los efectos de cumplimiento del artículo 44.4 de la Ley 8/2009, con fecha de 4 de septiembre de 2023, la dirección general competente en materia de energía remite a esta jefatura territorial la solicitud de declaración de utilidad pública y la documentación remitida por la promotora.
El 1.12.2023 Green Capital Power, S.L. presenta la subsanación sobre el requerimiento realizado por esta jefatura territorial el 8.11.2023 sobre la documentación aportada con la solicitud de declaración de utilidad pública.
El 14.12.2023, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales remite a esta jefatura territorial la autorización de la transmisión de titularidad, así como la subrogación de los correspondientes derechos y obligaciones, del parque eólico de Vacaloura a favor de la sociedad Parque Eólico Vacaloura, S.L.U.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, subministración y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública relacionada con las instalaciones descritas bajo la Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Vacaloura (expediente IN408A 2017/28), DOG número 111 (publicado el 13 de junio de 2023).
Solicitante/promotora: Parque Eólico Vacaloura, S.L.U. (NIF B74449075).
Domicilio social: avenida Fernando de Casas de Novoa, 35, bloque B, planta 2, puerta B, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña).
Denominación del proyecto: parque eólico Vacaloura.
Situación: ayuntamientos de Monterroso y Portomarín (Lugo).
Áreas de desarrollo eólico: San Cristóbal.
Potencia instalada: 35 MW.
Número de aerogeneradores que se van a instalar: 7.
Producción neta anual: 88.809 MWh/año.
Presupuesto de ejecución material: 27.090.927,79 euros.
Coordenadas perimetrales de la poligonal del parque eólico:
ETRS89 H29 |
||
UTM-X (m) |
UTM-Y (m) |
|
P1 |
597.875,00 |
4.742.786,49 |
P2 |
603.875,00 |
4.742.786,49 |
P3 |
603.875,00 |
4.738.434,49 |
P4 |
598.311,00 |
4.738.434,49 |
Coordenadas del emplazamiento de los aerogeneradores:
Aerogenerador |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
VC01 |
599.752,00 |
4.741.157,00 |
VC02 |
600.050,00 |
4.739.662,00 |
VC03 |
600.176,00 |
4.741.021,00 |
VC04 |
600.498,00 |
4.739.491,00 |
VC05 |
602.266,00 |
4.741.066,00 |
VC06 |
602.443,00 |
4.740.686,00 |
VC07 |
602.712,00 |
4.740.118,00 |
Coordenadas de la torre metereológica del parque eólico:
Torre metereológica |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
TM |
602.817,00 |
4.739.848,00 |
Coordenadas de la subestación del parque eólico:
Subestación |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
SET Vacaloura |
601.597,80 |
4.740.583,84 |
Coordenadas de la envolvente de la subestación del parque eólico Vacaloura:
Punto |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X (m) |
UTM-Y (m) |
|
P1 |
597.875,00 |
4.742.786,49 |
P2 |
603.875,00 |
4.742.786,49 |
P3 |
603.875,00 |
4.738.434,49 |
P4 |
598.311,00 |
4.738.434,49 |
Características técnicas principales de las instalaciones:
– 7 aerogeneradores modelo Siemens Gamesa G145 o similar de 5 MW de potencia nominal unitaria; estarán limitados en el generador individualmente a una potencia unitaria de 4,455 MW. Los aerogeneradores tendrán una altura de buje de 127,5 m y de 90 m los aerogeneradores VC04 y VC05, y diámetro de rotor de 145 m.
– 7 centros de transformación de potencia unitaria 5.350 kVA y relación de transformación 0,69/30 kV, con sus correspondientes celdas de protección y maniobra de los circuitos de 30 kV.
– Red eléctrica enterrada de 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación transformadora del parque de 30/132 kV, compuesta por 3 circuitos con conductores tipo RHZ1-2OL H16CU 18/30 kV de secciones 95, 240 y 400 mm2 de aluminio.
– Una torre meteorológica de 129,5 m de altura (127,5 m de altura de la estructura de la torre más 2,00 m de altura del pararrayos), con función de torre permanente del parque y con capacidad autoportante, que estará conectada con el sistema de control y monitorización del parque eólico mediante fibra óptica.
– Subestación, SET Vacaloura 30/132 kV, de 35 MVA, que permitirá la evacuación a la red de transporte de la energía eléctrica procedente del parque eólico, y elevará su tensión de generación de 30 kV mediante una posición de transformador, a 132 kV de tensión de evacuación. El transformador de potencia será de 30/35 MVA (ONAN/ONAF) y será alimentado por celdas de línea de 30 kV procedentes del parque eólico. La parte de alta tensión del transformador de potencia se conectará a la red de evacuación en 132 kV. La posición de línea de 132 kV se conecta con la subestación SET Belesar 30/132 kV.
– Red de tierras general con conductor Cu-50 mm2.
– Obra civil consistente en caminos de acceso al parque e interiores de acceso a los aerogeneradores, plataformas de montaje, subestación, cimentaciones y zanjas de cableado.
El objeto de la información pública será la solicitud de declaración de utilidad pública para las citadas instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
Documentación que se expone:
– La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados, plano general parcelario y planos individuales de los predios afectados por el proyecto (RBDA-noviembre de 2023).
Lo que se hace público, para el conocimiento general, así como en particular, de las personas propietarias de los predios que figuran en la relación anexa a este acuerdo, y de las que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de trinta (30) días, que se contará a partir del siguiente al de la última publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia (DOG) o en uno de los periódicos de mayor circulación en las provincias afectadas.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en formato electrónico, en las dependencias de la sección de Energía de esta jefatura territorial, de la Consellería de Economía, Industria e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en los teléfonos 982 29 46 54 y 982 29 46 47, así como en los ayuntamientos de Monterroso y Portomarín (Lugo).
Además, se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:
https://economia.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/vacaloura-monterroso-portomarin
Lugo, 18 de marzo de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo