Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Begasa.
Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.
Denominación: soterramiento líneas de media tensión y reforma CT Fazouro.
Situación: ayuntamiento de Foz.
Características técnicas principales:
• Línea aérea de alta tensión a 20 kV modificado LMT S. Martiño derivación Morgallón-Fazouro, con origen en el apoyo existente 4BF05743-50 (1) y final en el apoyo proyectado 1 (3) tipo C-4500/14, con una longitud de 198,62 metros de conductor tipo LA-110 existente.
• Línea aérea de alta tensión a 20 kV modificado LMT Cangas derivación Bargado-Fazouro, con origen en el apoyo existente 2A78108 (1) y final en el apoyo proyectado 2 (2) tipo C-4500/14, con una longitud de 65,24 metros de conductor tipo LA-110 existente.
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV S. Martiño entrada desde CT Morgallón, con origen en el apoyo proyectado 1 (3) tipo C-4500/14 y final en una celda del nuevo CT 7078 Fazouro (proyectado), con una longitud de 478 metros, en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Cangas entrada desde CT Bargado, con origen en el apoyo proyectado 2 (2) tipo C-4500/14 y final en una celda del nuevo CT 7078 Fazouro (proyectado), con una longitud de 573 metros, en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Centro de transformación prefabricado 7078 Fazouro, con una potencia máxima admisible de 1.000 kVA y una potencia inicial de 160 kVA, en el cual se instalan tres celdas de línea telemandadas y una de protección de transformador, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmantelamiento del CT existente 1456 Fazouro, desmontaje de 3 apoyos de celosía metálica, un apoyo de hormigón y 452 metros de conductor tipo LA-110.
Finalidad de la instalación: mejora de las instalaciones.
Presupuesto: 223.377,07 euros.
Documentación que se acompaña:
• Separata para el Ayuntamiento de Foz.
• Separata para la Agencia Gallega de Infraestructuras.
Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, el Decreto 49/2023, de 19 de mayo, por el que se modifica el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un técnico competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.
Lugo, 7 de marzo de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo