DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 11 de marzo de 2024 Pág. 18043

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 23 de noviembre de 2023, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del Sistema universitario de Galicia por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A).

La Orden de 1 de agosto de 2023 (DOG núm. 156, de 18 de agosto), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Estas ayudas fueron adjudicadas por la Resolución de 23 de noviembre de 2023 (DOG núm. 225, de 27 de noviembre).

La Orden de 1 de agosto de 2023 establece en su artículo 20 que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 31 de diciembre de 2023.

En el mismo artículo 20 se establece que para cubrir estas renuncias se seguirá la prelación de las listas de espera definidas en el artículo 11.7, teniendo en cuenta que solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera del órgano instructor en el que se produzca la renuncia. La persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones y por el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.

RESUELVO:

Primero. Aceptar las renuncias presentadas a las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral de la Resolución de 23 de noviembre de 2023 (DOG núm. 225, de 27 de noviembre) que se indican a continuación:

Nº de expte.

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Fecha de renuncia

ED481A-2023-040

UDC

Pérez

Martínez

José Manuel

No firma

ED481A-2023-057

UDC

Rodríguez

Iglesias

Alonso

No firma

ED481A-2023-179

UDC

López

Martín

Pablo Santiago

No firma

ED481A-2023-187

UDC

Pérez

Jove

Rubén

No firma

ED481A-2023-158

USC

Domínguez

Vázquez

Vanessa

No firma

ED481A-2023-132

UVigo

Lagoa

Núñez

Aarón

No firma

Segundo. Conforme al artículo 20.2 de la orden de ayudas (se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 31 de diciembre de 2023) y con base en el cuadro del punto primero, adjudicar las ayudas correspondientes a las personas de la lista de espera, con fecha de comienzo prevista para los contratos de 16 de marzo de 2024:

Nº de expte.

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona estancia

Puntuación

ED481A-2023-120

USC

Capelo

Diz

Alba

3

76,6503

ED481A-2023-095

UDC

Lejo

Santiago

Jorge

3

76,5220

ED481A-2023-225

UVigo

Toba

Pérez

Artai

2

76,4650

ED481A-2023-223

UDC

Filgueiras

Rilo

Juan Luis

3

76,4001

ED481A-2023-170

USC

Porres

Ventín

Laura

3

76,3740

ED481A-2023-030

USC

Besteiro

Sáez

Javier

3

76,2941

Tercero. La distribución resultante por universidades es la siguiente:

Aplic. presup.

Univ.

Nº ayudas

Proyecto

Crédito (en euros)

2023

2024

2025

2026

2027

2028

Total

10.03.561B.444.0

UDC

22

2016 00129

20.000,00

40.422,22

173.621,86

41.027,80

38.475,60

78.145,80

371.693,28

2023 00074

387.577,78

480.378,14

508.972,20

618.024,40

124.154,20

2.119.106,72

10.03.561B.444.0

USC

49

2016 00129

49.000,00

89.494,95

419.066,87

91.380,54

85.409,60

173.635,34

858.987,30

2023 00074

872.505,05

1.069.933,13

1.133.619,46

1.379.340,40

264.214,66

4.719.612,70

10.03.561B.444.0

UVIGO

15

2016 00129

15.000,00

27.426,55

113.469,45

27.973,50

26.161,92

53.177,06

248.208,48

2023 00074

266.573,45

327.530,55

347.026,50

422.088,08

81.572,94

1.444.791,52

Total SUG

86

 

84.000,00

1.684.000,00

2.584.000,00

2.150.000,00

2.569.500,00

774.900,00

9.846.400,00

Cuarto. Cerrar la lista de espera.

Quinto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2024

El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura,
Educación, Formación Profesional y Universidades