DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 4 de marzo de 2024 Pág. 16771

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2024 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 28 de noviembre de 2023, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de predoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i.

La Orden de 1 de agosto de 2023 (DOG núm. 156, de 18 de agosto), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, estableció las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y procedió a su convocatoria para el ejercicio 2023.

La Resolución de 28 de noviembre de 2023 (DOG núm. 234, de 12 de diciembre) adjudicó parcialmente las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en el ámbito de las entidades ajenas al SUG.

El artículo 20 de las bases de la convocatoria establece que, en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción de la relación laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla, mediante escrito motivado de la persona seleccionada, dirigido a la Secretaría General de Universidades o a la Agencia Gallega de Innovación, según corresponda, dentro del plazo máximo de 15 días desde que se produzca, y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 31 de diciembre de 2023. En el mismo artículo también se indica que para cubrir estas renuncias se seguirá la prelación de las listas de espera definidas en el artículo 11.7, teniendo en cuenta que solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera del órgano instructor en que se produzcan y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones y por el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.

Y en consecuencia, atendiendo a la renuncia recibida en la Agencia Gallega de Innovación,

RESUELVO:

Primero. Aceptar la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de las ayudas de apoyo a la etapa de formación predoctoral para el año 2023 correspondiente a la persona seleccionada que se relaciona en el anexo I.

Segundo. Adjudicar la ayuda a la entidad y a la persona candidata de la lista de espera de esta convocatoria, que se relaciona en el anexo II.

Tercero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades beneficiarias ajenas al SUG, de acuerdo con la renuncia indicada y la nueva ayuda procedente de la lista de espera, tal como se indica en la siguiente tabla:

Aplicación presupuestaria

Acrónimo entidad*

Núm. ayudas

Crédito (en euros)

2023

2024

2025

2026

2027

2028

Total

09.A2.561A.403.0

IIM-CSIC

1

1.000,00

20.000,00

31.000,00

25.000,00

30.000,00

8.400,00

115.400,00

09.A2.561A.443.05

Cesga

1

1.000,00

20.000,00

29.000,00

25.000,00

30.000,00

8.400,00

113.400,00

09.A2.561A.481.0

FBGS

2

2.000,00

40.000,00

60.000,00

50.000,00

60.000,00

16.800,00

228.800,00

FIDIS

4

3.000,00

74.000,00

120.000,00

100.000,00

118.250,00

42.350,00

457.600,00

FPNS

4

4.000,00

80.000,00

114.000,00

100.000,00

120.000,00

33.600,00

451.600,00

Total

12

11.000,00

234.000,00

354.000,00

300.000,00

358.250,00

109.550,00

1.366.800,00

La relación de acrónimos de las entidades solicitantes citados en la tabla anterior es la siguiente:

Acrónimo de la entidad

Denominación completa

NIF

IIM-CSIC

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

Q2818002D

Cesga

Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia

G15852981

FBGS

Fundación Biomédica Galicia Sur

G36911972

FIDIS

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

G15796683

FPNS

Fundación Profesor Novoa Santos

G15335219

Cuarto. Declarar extinguida la lista de espera al amparo de esta convocatoria.

Quinto. La fecha de comienzo del nuevo contrato será el día 16 de marzo de 2023 y la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo de aprovechamiento de la ayuda.

Sexto. La entidad beneficiaria de la nueva ayuda deberá remitir un escrito de aceptación a la Agencia Gallega de Innovación en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y vinculará a la persona seleccionada a su organismo mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 16 de las bases de la convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y, asimismo, serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que esta se hubiera presentado ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 da Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2024

María Jesús Lorenzana Somoza
Presidenta de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Renuncia a la ayuda concedida

Núm. exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

Zona estancia

Fecha de renuncia

IN606A-2023/012

FPNS

González

Pinto

Lucía

***9547**

3

No llegó a firmar contrato

ANEXO II

Ayuda de la lista de espera concedida

Núm. exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

Zona estancia

Puntuación

IN606A-2023/004

FIDIS

Peinado

Muñoz

Marina

***6743**

2

77,7160