DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 26 de enero de 2024 Pág. 7599

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de la Orden de 4 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la creación, reforma o dotación de equipamiento o infraestructuras de viveros industriales de empresas en parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento administrativo IN541A).

BDNS (Identif.): 738133.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

Construcción, reforma y/o equipamiento interior de naves industriales, a fin de crear un vivero industrial de empresas y/o reformar y dotar de equipamiento o infraestructuras los existentes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 4 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la creación, reforma o dotación de equipamiento o infraestructuras de viveros industriales de empresas en parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento administrativo IN541A).

Publicadas en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Líneas subvencionables

Se prevén dos tipos de actuaciones subvencionables, que se clasificarán en las siguientes líneas:

Línea A, correspondiente a las ayudas para la creación de nuevos viveros industriales.

Línea B, correspondiente a las ayudas para mejora de los viveros industriales existentes.

Quinto. Cuantía.

Anualidad 2024: 150.000,00 €.

Anualidad 2025: 1.350.000,00 €.

Importe total de la convocatoria: 1.500.000,00 €.

Intensidad de las ayudas: 80 % del importe total considerado como subvencionable, con un máximo de 240.000,00 € por solicitud (solo se podrá presentar una solicitud por ayuntamiento para la línea A y otra por ayuntamiento para la línea B).

La ayuda máxima por solicitud en los proyectos de la línea A será de 240.000,00 euros. La ayuda máxima por solicitud en los proyectos de la línea B será de 75.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de 4 de enero de 2024 en el Diario Oficial de Galicia.

Séptimo. Otros datos

Se podrá anticipar hasta el 25 % del importe de la subvención concedida, sin que se supere la anualidad prevista en cada ejercicio presupuestario.

Santiago de Compostela, 4 de enero de 2024

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía, Empresa e Innovación