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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Jueves, 11 de enero de 2024 Pág. 2260

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2024, del tribunal designado para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, escala de agentes técnicos facultativos, especialidad educación infantil, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

El tribunal nombrado por la Resolución de 17 de julio de 2022 (DOG núm. 140, de 24 de julio) para calificar este proceso selectivo

ACORDÓ:

Primero. Al amparo de lo previsto en la base III.1.2.7 de la convocatoria, en la sesión que tuvo lugar el 19 de diciembre de 2023, después de revisar las reclamaciones presentadas contra el ejercicio único eliminatorio y obligatorio de este proceso selectivo realizado el 1 de octubre de 2023, anular la pregunta número 113 y sustituirla por la correspondiente pregunta número 134 de reserva. Las restantes reclamaciones se desestiman en su totalidad.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base III.1.1 de la convocatoria, el ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos.

A estos efectos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada base, el 20 de septiembre de 2023 este tribunal estableció los criterios de corrección, valoración y superación del único ejercicio eliminatorio y obligatorio de la prueba de oposición de acuerdo con las bases del proceso selectivo.

Mediante este acuerdo estableció que superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas, siempre que alcancen, en cada una de las partes, un mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, teniendo en cuenta que cada pregunta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta y que las preguntas no respondidas no penalizan ni reciben puntuación.

Subsidiariamente, si se da el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar un número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas no cubiertas conforme a lo previsto en el párrafo anterior, siempre que alcancen, en cada una de las partes, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, teniendo en cuenta que cada pregunta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta y que las preguntas no respondidas no penalizan ni reciben puntuación.

Aquellas personas aspirantes que empaten con sus puntuaciones en la última posición dentro del número máximo resultante se entenderán incluidas, en todo caso, dentro del número de personas que superan el ejercicio, aunque este número resultante sea superior a los porcentajes aplicados.

Tercero. Realizada la corrección de los exámenes, en la sesión de 29 de diciembre de 2023, de acuerdo con las normas y criterios anteriores, alcanzó la puntuación mínima de 30 puntos un total de 245 personas aspirantes, fijando este tribunal en 52 el número de respuestas correctas, 20 de la primera parte y 32 de la segunda parte, para lograr dicha puntuación mínima, una vez hechas las deducciones según lo establecido en la base III.1.1 de la convocatoria. Para la obtención de dicho número de personas que superaron el único ejercicio eliminatorio obligatorio, fue preciso aplicar el criterio subsidiario de porcentaje neto de aprobados señalado del 40 % de respuestas correctas netas en cada una de las partes.

Las personas que superaron el ejercicio tienen una calificación distribuida entre los 30 y los 60 puntos, proporcional al número de respuestas correctas.

Cuarto. De acuerdo con la base III.1.2.7 de la convocatoria, se publica en el Diario Oficial de Galicia la anulación de la pregunta 113 y su sustitución por la correspondiente 134 de reserva.

Quinto. De acuerdo con la base III.1.2.8 de la convocatoria, se publican en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes al ejercicio único obligatorio del proceso selectivo, así como la relación de las que no alcanzaron la puntuación mínima de 30 puntos establecida en la base III.1.1 de la convocatoria.

De acuerdo con esta base, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base V.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2024

Manuel Lage Cobas
Presidente del tribunal