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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Viernes, 29 de diciembre de 2023 Pág. 71892

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se procede a la apertura del plazo para solicitar la participación en los procesos de funcionarización por el personal laboral fijo que se encuentre en situación de excedencia voluntaria, excedencia voluntaria por incompatibilidad o por prestación de servicios en otra Administración pública y se aprueba y se da publicidad del modelo de solicitud de participación (código de procedimiento AP505A).

La disposición adicional primera del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG núm. 2, de 3.1.2021), recoge el procedimiento para la funcionarización del personal laboral fijo que se encuentre en situación de excedencia voluntaria, excedencia voluntaria por incompatibilidad o por prestación de servicios en otra Administración pública.

Esta resolución fue objeto de informe por parte de la Dirección General de Simplificación Administrativa, órgano con competencias en materia de racionalización y simplificación de los procedimientos administrativos.

En consecuencia, en cumplimiento de lo establecido en dicho decreto,

DISPONGO:

Primero. Objeto y finalidad

1. La presente resolución tiene por objeto habilitar el plazo para que el personal laboral fijo de la Xunta de Galicia que se encuentre en la situación de excedencia voluntaria, excedencia voluntaria por incompatibilidad o por prestación de servicios en otra Administración pública manifieste, mediante una solicitud, su interés en querer participar en un futuro proceso de funcionarización.

2. La presente resolución también tiene por objeto regular el procedimiento y aprobar y dar publicidad al modelo normalizado (código de procedimiento AP505A) para la tramitación por medios electrónicos de la solicitud de participación en un futuro proceso de funcionarización.

3. Esta resolución tiene por finalidad poder cuantificar, por grupo y categoría profesional, el número de personas que, encontrándose en la situación de excedencia voluntaria, excedencia voluntaria por incompatibilidad o por prestación de servicios en otra Administración pública, quiere participar en un futuro proceso de funcionarización y trasladar a la correspondiente oferta pública de empleo esas solicitudes.

Segundo. Supuestos

Podrá presentar la solicitud de querer participar en un futuro proceso de funcionarización el personal laboral fijo de la Xunta de Galicia que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

1. Supuesto núm. 1: personal laboral fijo que posee una o varias categorías profesionales y que se encuentra en excedencia voluntaria o excedencia voluntaria por incompatibilidad por estar prestando servicios como personal funcionario interino o como personal laboral temporal en la Xunta de Galicia.

2. Supuesto núm. 2: personal laboral fijo que posee más de una categoría profesional, que se encuentra prestando servicios en la Xunta de Galicia en una de ellas, siendo esta una categoría que aún no fue convocada su funcionarización, y que se encuentra en la situación de excedencia en las demás categorías profesionales.

3. Supuesto núm. 3: personal laboral fijo que posee más de una categoría profesional, que se encuentra prestando servicios en la Xunta de Galicia en una de ellas, siendo esta una categoría que ya fue convocada su funcionarización, y que se encuentra en la situación de excedencia en las demás categorías profesionales.

4. Supuesto núm. 4: personal laboral fijo que, poseyendo una o más categorías profesionales, se encuentra en la situación de excedencia voluntaria o en excedencia voluntaria por incompatibilidad y no se encuentra prestando servicios en la Xunta de Galicia.

5. Supuesto núm. 5: personal laboral fijo que posee una o más categorías profesionales y que se encuentra en situación de excedencia voluntaria o en excedencia voluntaria por incompatibilidad o por prestación de servicios en el sector público por tener la condición de funcionario de carrera en esta Administración.

6. Supuesto núm. 6: personal laboral fijo que posee más de una categoría profesional, que se encuentra prestando servicios en la Xunta de Galicia en una de ellas, siendo esta una categoría en la que no está contemplada la funcionarización por no tener equivalencia con los cuerpos y escalas de personal funcionario, y que se encuentra en situación de excedencia en las demás categorías profesionales.

Conforme a lo recogido en la normativa aplicable, el personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria tendrá que haber prestado un mínimo de un año de servicio en la categoría profesional desde la que se presenta a la funcionarización.

Tercero. Presentación de la solicitud y plazo

1. La solicitud de participación deberá realizarse obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la comunicación aquella en que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365.

2. El plazo de presentación será de tres (3) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

En el supuesto de no presentar la solicitud en el plazo anterior no se podrá participar en los procesos de funcionarización que se convoquen al amparo de esta resolución.

3. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los datos incluidos en la solicitud de participación.

Cuarto. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Quinto. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante o de su representante.

b) Grupo/s y categoría/s de la persona solicitante.

c) Situación administrativa de la persona solicitante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Sexto. Publicación

Se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la relación provisional de personas admitidas y excluidas.

Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG, para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó la exclusión o alegar lo que estimen procedente.

La estimación o desestimación de las peticiones formuladas se entenderá implícita en una nueva resolución de la Dirección General de la Función Pública, que será publicada en el DOG, por la que se aprobarán los listados definitivos de personas admitidas y excluidas.

Estos listados provisionales y definitivos se publicarán también en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal

Séptimo. Recursos

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella las personas interesadas podrán presentar recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o impugnarla directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde la misma fecha, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2023

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

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