DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 26 de diciembre de 2023 Pág. 70656

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Estrada

ANUNCIO de corrección de errores en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal.

Mediante la Resolución de la Alcaldía 2023-1546, de 31 de octubre de 2023, se aprobó la siguiente corrección de errores materiales de la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de A Estrada, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOPPO núm. 103, de 31 de mayo de 2022, y en el DOG núm. 105, de 2 de junio de 2022, modificada mediante Resolución de la Alcaldía 2022-1577, de 20 octubre de 2023, y publicada en el BOPPO núm. 207, de 28 de octubre de 2022, en lo relativo a la plaza de técnico en drogodependencias y turismo, que queda de la siguiente manera:

Donde dice:

B) Personal laboral

Denominación plaza

Categoría

Nº plazas

Concurso-oposición

(art. 2 Ley 20/2021)

Concurso (DA 6ª y 8ª Ley 20/2021)

Técnico en drogodependencias

Personal laboral grupo I

1

x

Debe decir:

B) Personal laboral

Denominación plaza

Categoría

Nº plazas

concurso-oposición

(art. 2 Ley 20/2021)

Concurso (DA 6ª y 8ª Ley 20/2021)

Técnico en drogodependencias y turismo

Personal laboral grupo I

1

x

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y del artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la corrección de errores de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de A Estrada en el Boletín Oficial de la provincia y/o en el Diario Oficial de Galicia, y se remitirá a la Administración general del Estado en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante lo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime más conveniente a su derecho.

A Estrada, 22 de noviembre de 2023

José C. López Campos
Alcalde