DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 12 de diciembre de 2023 Pág. 68052

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2023, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se adjudican parcialmente las ayudas de la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del Sistema universitario de Galicia por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2023 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A).

La Orden de 1 de agosto de 2023 (DOG núm. 156, de 18 de agosto), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, establece las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del Sistema universitario de Galicia por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten a personas tituladas superiores para su formación como doctoras y doctores en sus centros.

Las ayudas a las universidades del SUG estarán cofinanciadas parcialmente en un porcentaje del 60 % por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, dentro del objetivo político 4: una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales; prioridad 3: educación y formación; objetivo específico ESO4.6: promover la igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en particular para los colectivos desfavorecidos, desde la educación infantil, pasando por la educación y la formación generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y el aprendizaje de los adultos; asimismo, facilitar la movilidad educativa para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad, y medida 3.F.01: ayudas a la formación predoctoral.

Este programa procura la formación de personas investigadoras para la obtención del título de doctora o doctor y la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación dentro de un programa de doctorado. Además, se financian estancias en el extranjero de tres meses de duración, con el objeto de que puedan alcanzar la mención de doctora o doctor internacional.

En el artículo 2.1 de la orden de convocatoria se determina quién puede ser beneficiario y en el artículo 2.4 los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a estas ayudas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la convocatoria, una vez analizadas las solicitudes se publicaron las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas y las entidades solicitantes tuvieron un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones para subsanar errores y falta de documentos de las personas interesadas ante la Secretaría General de Universidades o ante la Agencia Gallega de Innovación, según la entidad solicitante. Una vez que se recibió y se examinó esta documentación, el 14 de octubre de 2023 se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Las solicitudes admitidas fueron valoradas siguiendo los criterios de valoración del artículo 10. La valoración de la adecuación del proyecto de investigación a la Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2021-2027 (RIS3) fue realizada por un grupo de trabajo designado por el Grupo Técnico de la Comisión Interdepartamental de I+D+i.

El resultado de esta evaluación se le entregó a la Comisión de Selección definida en el artículo 11 de la orden de convocatoria, que elaboró un informe para los órganos instructores en el que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas, y las listas de espera para posibles sustituciones.

La competencia para resolver estas ayudas corresponde conjuntamente a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y a la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación, de acuerdo con el artículo 12 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la Comisión de Selección, reunida el día 26 de octubre de 2023, a través de la Secretaría General de Universidades y de la Agencia Gallega de Innovación,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder parcialmente las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral convocadas por la Orden de 1 de agosto de 2023 a las entidades que contraten las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I de esta resolución, en que se refleja también la zona de estancia concedida para las personas que la solicitaron.

En el ámbito entidades ajenas al SUG se conceden un máximo de 12 ayudas, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4.2 de la convocatoria.

Segundo. Establecer la lista de espera para las entidades ajenas al SUG, que se incluyen como anexo II, para determinar posibles sustituciones, según los criterios establecidos en el artículo 11. En esta lista figuran por orden decreciente de puntuación las solicitudes que no alcanzaron la puntuación suficiente para ser adjudicatarias de la ayuda pero que tienen una puntuación igual o superior a la mínima establecida por la Comisión de Selección.

Tercero. Todas las solicitudes que figuran en los anexos I y II de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en los citados anexos se entenderán denegadas o desestimadas.

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el día 1 de diciembre de 2023, excepto para las personas no comunitarias que podrán firmar el contrato hasta el 29 de febrero de 2024. Los contratos regulados en la Orden de 1 de agosto de 2023 serán interpretados y regulados conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, y sus modificaciones.

Quinto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pago recogida en el artículo 15 de las bases de la convocatoria.

Entidades ajenas al SUG: 12 ayudas.

Aplicación
presupuestaria

Acrónimo entidad *

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2023

2024

2025

2026

2027

2028

Total

05.A2.561A.403.0

IIM-CSIC

1

1.000,00

20.000,00

31.000,00

25.000,00

30.000,00

8.400,00

115.400,00

05.A2.561A.443.05

Cesga

1

1.000,00

20.000,00

29.000,00

25.000,00

30.000,00

8.400,00

113.400,00

05.A2.561A.481.0

FBGS

2

2.000,00

40.000,00

60.000,00

50.000,00

60.000,00

16.800,00

228.800,00

FIDIS

3

3.000,00

60.000,00

91.000,00

75.000,00

90.000,00

25.200,00

344.200,00

FPNS

5

5.000,00

100.000,00

145.000,00

125.000,00

150.000,00

42.000,00

567.000,00

Total

12

12.000,00

240.000,00

356.000,00

300.000,00

360.000,00

100.800,00

1.368.800,00

* La relación de acrónimos de las entidades solicitantes citados en la tabla anterior es la siguiente:

Acrónimo de la entidad

Denominación completa

NIF

IIM-CSIC

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

Q2818002D

Cesga

Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia

G15852981

FBGS

Fundación Biomédica Galicia Sur

G36911972

FIDIS

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

G15796683

FPNS

Fundación Profesor Novoa Santos

G15335219

Sexto. Las entidades beneficiarias ajenas al SUG deberán enviar un escrito de aceptación de la ayuda a la Agencia Gallega de Innovación en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución y, asimismo, vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentase esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería
de Cultura, Educación, Formación
Profesional y Universidades

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía, Industria
e Innovación y presidenta
de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Ayudas concedidas

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC.

Núm. exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona de estancia

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606A-2023/019

García

Sanmartín

Lucía

3

Ciencias

80,6576

Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia.

Núm. exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona de estancia

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606A-2023/011

Viqueira

Cao

José Daniel

2

Ciencias

80,8145

Fundación Biomédica Galicia Sur.

Núm. exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona de estancia

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606A-2023/021

Hernández

Camoiras

Jorge

3

Ciencias

67,1470

IN606A-2023/024

Alonso

Núñez

Adrián

2

Ciencias

86,1200

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela.

Núm. exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona de estancia

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606A-2023/001

Sánchez

Barco

Alba

2

Ciencias de la Salud

84,7492

IN606A-2023/003

Seijas

Otero

Noelia

3

Ciencias de la Salud

84,6745

IN606A-2023/005

Jácome

Ferrer

Pablo

3

Ciencias

80,3888

Fundación Profesor Novoa Santos.

Núm. exp.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Zona de estancia

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606A-2023/012

González

Pinto

Lucía

3

Ciencias

78,8691

IN606A-2023/013

Lastra

Vallines

Luis Miguel

2

Ciencias

78,7515

IN606A-2023/017

Barrio

Pujante

Antonio

2

Ciencias

78,4836

IN606A-2023/018

López

Pardo

Mirian

2

Ciencias de la Salud

79,6315

IN606A-2023/023

Outeda

García

Michelle

1

Ciencias

81,3638

ANEXO II

Lista de espera

Entidades ajenas al SUG.

Orden

Exp.

Entidad

Apellido 1

Apellido 2

Nombre

Rama de conocimiento

Zona de estancia

Puntuación total

1

IN606A-2023/004

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

Peinado

Muñoz

Marina

Ciencias

2

77,7160

2

IN606A-2023/014

Fundación Profesor Novoa Santos

Nión

Cabeza

Paula

Ciencias

3

77,4774

3

IN606A-2023/002

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

Conde

Piñeiro

Adrián

Ciencias de la Salud

2

77,0049

4

IN606A-2023/015

Fundación Profesor Novoa Santos

Domínguez

Guerrero

Pablo

Ciencias de la Salud

2

76,5765

5

IN606A-2023/010

Fundación Profesor Novoa Santos

Bourdelande

García

Marta

Ciencias

3

75,9572

6

IN606A-2023/022

Fundación Biomédica Galicia Sur

González

Nóvoa

José Antonio

Ingeniería y Arquitectura

2

74,9362