DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 12 de diciembre de 2023 Pág. 68102

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 29 de noviembre de 2023 por la que se modifican las resoluciones de 16 de noviembre de 2023 por las que se convocan procesos selectivos para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en la escala técnica de delineantes y de agentes técnicos de gestión ambiental, grupo B, en las escalas técnicas de mantenimiento de servicios, análisis de laboratorio y de recursos naturales y forestales, especialidad de capataz, subgrupo C1, y en la escala auxiliar de recursos naturales y forestales, especialidad de oficial, y escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, subgrupo C2, de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Advertidos errores en la resolución antes citada, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 229, de 1 de diciembre de 2023, es preciso hacer la siguiente corrección:

En las páginas 66604 y 66605, donde dice:

«2. En la base I.2.1 de las resoluciones de 16 de noviembre de 2023 por las que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en la escala técnica de mantenimiento de servicios, escala técnica de análisis de laboratorio y escala técnica de recursos naturales y forestales, especialidad de capataz, subgrupo C1, en la que se regulan los requisitos de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, se modifican los apartados siguientes:

Párrafo primero de la base I.2.1.3:

Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas integrados en el subgrupo C2 de la Administración general y de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico) o tener la condición de personal laboral fijo perteneciente al grupo III del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Párrafo primero de la base I.2.1.4:

Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario en alguno de los cuerpos o de las escalas integrados en el subgrupo C2 de la Administración general y Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico) o poseer dos años de antigüedad como personal laboral fijo del grupo III del Convenio colectivo único en la categoría desde la cual accede.

3. En la base I.2.1 de las resoluciones de 16 de noviembre de 2023 por las que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en la escala auxiliar de recursos naturales y forestales, especialidad de oficial, y en la escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, en la que se regulan los requisitos de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, se modifican los apartados siguientes:

Párrafo primero de la base I.2.1.3:

Pertenecer como personal funcionario de carrera a la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o tener la condición de personal laboral fijo perteneciente al grupo IV del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Párrafo primero de la base I.2.1.4:

Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario de la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o poseer dos años de antigüedad como personal laboral fijo del grupo IV del Convenio colectivo único en la categoría desde la cual accede».

Debe decir:

«2. En la base I.2.1 de las resoluciones de 16 de noviembre de 2023 por las que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en la escala técnica de mantenimiento de servicios, escala técnica de análisis de laboratorio y escala técnica de recursos naturales y forestales, especialidad de capataz, subgrupo C1, en la que se regulan los requisitos de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, se modifican los apartados siguientes:

Párrafo primero de la base I.2.1.3:

Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas integrados en el subgrupo C2 de la Administración general y de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico) o tener la condición de personal laboral fijo perteneciente al grupo III o al grupo IV del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Párrafo primero de la base I.2.1.4:

Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario en alguno de los cuerpos o de las escalas integrados en el subgrupo C2 de la Administración general y de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico) o poseer dos años de antigüedad como personal laboral fijo del grupo III o del grupo IV del Convenio colectivo único en la categoría desde la cual accede.

3. En la base I.2.1 de las resoluciones de 16 de noviembre de 2023 por las que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en la escala auxiliar de recursos naturales y forestales, especialidad de oficial, y en la escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, en la que se regulan los requisitos de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, se modifican los apartados siguientes:

Párrafo primero de la base I.2.1.3:

Pertenecer como personal funcionario de carrera a la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o tener la condición de personal laboral fijo perteneciente al grupo IV o al grupo V del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Párrafo primero de la base I.2.1.4:

Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario de la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o poseer dos años de antigüedad como personal laboral fijo del grupo IV o del grupo V del Convenio colectivo único en la categoría desde la cual accede».