DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Martes, 28 de noviembre de 2023 Pág. 65540

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de O Rosal (expediente IN407A 2023/102-4).

Expediente: IN407A 2023/102-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: sustitución del apoyo 9SMXWQ71//60-A2 de la LMT ROS806 e instalación RC.

Ayuntamiento: O Rosal.

Hechos:

Primero. El 16 de febrero de 2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada Sustitución del apoyo 9SMXWQ71//60-A2 de la LMT ROS806 e instalación RC.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad las siguientes actuaciones en el camino de Sabugueiro, en la parroquia de Tabagón, en el ayuntamiento de O Rosal (Pontevedra):

– Sustitución del apoyo 9SWXWQ71//60-A2 (HV-630/12) por un C-2000/14, en el cual se instala un reconectador. Retensado de los vanos contiguos al apoyo proyectado.

– Desmontaje del XS (36HN59) situado en el apoyo 9SMQGBQT//60-A1.

– Sustitución de 71 metros del conductor actual LA-30 por un LA-56 entre el apoyo proyectado C-2000/14 y el apoyo 9SNWU8F6//60-A3.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de O Rosal, el Instituto de Estudos do Territorio y el Servicio de Montes.

El Servicio de Montes informó que las obras proyectadas no afectan a comunidades de montes vecinales en mano común ni a suelo de competencia de ese servicio.

Los demás organismos no emitieron los condicionados técnicos, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.

Tercero. Como no fue posible efectuar la notificación a la única persona titular de la parcela afectada, se publicaron los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de Galicia de 11 de abril de 2023 y en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado de 14 de abril, a fin de realizar la notificación por comparecencia.

Cuarto. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 22 de marzo de 2023, publicada en los siguientes medios:

– DOG (Diario Oficial de Galicia): 18 de abril de 2023.

– Periódico Faro de Vigo: 1 de mayo de 2023.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de O Rosal.

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio de 2022), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

Tercera. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

– Sustitución del apoyo 9SMXWQ71//60-A2 de la línea de media tensión aérea (LMTA) ROS806 por un apoyo C-2000/14, en el que se instala un reconectador.

– Línea de media tensión aérea (LMTA) a 20 kV, con conductor LA-56, de 71 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000/14, situado en la parcela con referencia catastral 36048B505008170000UE, y final en el apoyo existente 9SNWU8F6//60-A3.

La instalación está situada en el camino de Sabugueiro, Tabagón, en el municipio de O Rosal (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada Sustitución del apoyo 9SMXWQ71//60-A2 de la LMT ROS806 e instalación RC, expediente IN407A 2023/102-4, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que se mantendrán siempre las condiciones reglamentarias de seguridad. Se deberán cumplir en todo momento las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 6 de noviembre de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra