DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Martes, 28 de noviembre de 2023 Pág. 65465

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2023, da Dirección Xeral de Mobilidade, por la que se desarrolla la Resolución de 8 de noviembre de 2023 por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para o ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2024 (Diario Oficial de Galicia número 220, de 20 de noviembre de 2023) y se nombra el tribunal para las convocatorias del año 2024.

Mediante la Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Movilidad, se convocaron las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad autónoma de Galicia en el año 2024.

Mediante la Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, se establecieron las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril (DOG núm. 237, de 13 de diciembre).

El Real decreto 284/2021, de 21 de abril, regula en el anexo V los exámenes de cualificación inicial. En la sección 2ª, desarrolla la «designación de tribunales» señalando que «En el caso de no determinarse en la propia convocatoria, el órgano convocante deberá, con posterioridad a esta, designar el tribunal o tribunales de las pruebas (…) y proceder, asimismo, a su publicación en el correspondiente boletín oficial, por lo menos, con 10 días de antelación a la celebración del primer ejercicio».

Por lo expuesto,

DISPONGO:

Primero. Tribunal

1. El tribunal de las pruebas estará formado por cinco miembros: el presidente, tres vocales y el secretario, que actuará con voz y voto, a los cuales se designarán miembros suplentes. Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Movilidad el nombramiento de este tribunal entre personal de esta dirección general.

A los efectos de cualificación, y de conformidad con el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG núm. 122, de 25 de junio), se calificará el tribunal como de categoría primera.

2. La composición del tribunal para las próximas convocatorias comunes del año 2024 será la siguiente:

Presidente: Antón García Río.

Presidente suplente: Juan Alberto Vidal Herrador.

Vocales:

Mª Teresa Somoza García.

Juan Alberto Vidal Herrador.

Eduardo Suárez Campo.

Vocales suplentes:

Mª Inmaculada Carril Barco.

Elena Prado Veiga.

Tamara Subiela Gómez.

Tania Álvarez Meda.

Iván Marante Rodríguez.

Secretaria: Marta Figueiras García.

Secretaria suplente: Ana María Gómez Iglesias.

3. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Los miembros suplentes del tribunal participarán, junto con las personas titulares, cuando sea preciso para el buen desarrollo de las pruebas.

4. En el desarrollo del procedimiento deberán quedar debidamente acreditadas las decisiones adoptadas, mediante constancia documental, con la firma del secretario y el visto bueno del presidente.

5. El presidente del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando la aplicación informática habilitada para su corrección.

Segundo. Desarrollo de las pruebas

1. La fecha y hora de realización de los ejercicios serán acordados por el tribunal, dentro del calendario publicado en la Resolución de 8 de noviembre de 2023 y se publicarán en la web de la Dirección General de Movilidad con una antelación mínima de diez días hábiles a la celebración del primero ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en la sección 2ª del anexo V del Real decreto 284/2021, de 20 de abril. El lugar de realización será en la ciudad de Santiago de Compostela. Sin perjuicio de lo anterior, la distribución definitiva horaria y espacial de las personas aspirantes podrá ser modificada por decisión del presidente y del secretario del tribunal hasta el momento de la realización del examen por razones organizativas.

2. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento y perderá el derecho a realizar la prueba quien no comparezca.

3. Las personas aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistas de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal; su omisión dará lugar a su no admisión a la realización de las pruebas. Podrán presentarse a las pruebas convocadas por la Comunidad Autónoma gallega con independencia de su lugar de residencia habitual y del lugar en que realizaran el curso preceptivo, al amparo del artículo 18 del Real decreto 284/2021, de 20 de abril.

4. El tiempo para la realización del examen será de 2 horas.

5. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las erróneamente contestadas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

6. Para aprobar será necesario obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de puntos posibles.

7. Una vez finalizado el examen, se publicará la relación de respuestas estimadas correctas, con la mayor brevedad posible, en la página web de la Dirección General de Movilidad.

Durante el día siguiente a la publicación de la relación de respuestas correctas, las personas aspirantes podrán hacer llegar las impugnaciones que consideren oportunas sobre las preguntas formuladas y remitirlas a la/al secretaria/o del Tribunal a través de la siguiente dirección electrónica: formacion.transportes@xunta.gal. Pasado el plazo indicado, no se admitirán nuevas impugnaciones de preguntas y respuestas, ni se tomarán en consideración dichas alegaciones respecto a la revisión de exámenes.

A la vista de las impugnaciones presentadas, el tribunal elaborará la relación definitiva de respuestas correctas y procederá acto seguido a corregir los ejercicios de acuerdo con ella.

La relación definitiva de respuestas correctas, así como la provisional de aptos/as y no aptos/as, serán publicadas en la página web de la Dirección General de Movilidad. A partir de entonces se abrirá un plazo de dos días hábiles para que las personas interesadas hagan llegar a la/al secretaria/o del tribunal las peticiones de revisión; para su toma en consideración. Las solicitudes de revisión deberán presentarse directamente ante la/el secretaria/o del tribunal, dentro del referido plazo de dos días, mediante la remisión a la dirección electrónica formacion.transportes@xunta.gal

Revisados los ejercicios, el tribunal procederá a adoptar el acuerdo definitivo sobre las personas aspirantes aprobadas.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2023

Ignacio Maestro Saavedra
Director general de Movilidad