DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 14 de noviembre de 2023 Pág. 62959

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Rianxo (expediente IN407A 2023/123-1).

Expediente: IN407A 2023/123-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad S.A.

Denominación del proyecto: LMT, CT y RBT Ourolo.

Ayuntamiento: Rianxo.

Hechos:

1. El día 8 de marzo de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada. Con el objeto de mejorar la calidad del suministro en el lugar de Ourolo, ayuntamiento de Rianxo, se proyecta instalar un centro de transformación compacto en envolvente prefabricada de 250 kVA de potencia, conectarlo con la línea de distribución de media tensión LMT BOI814 (IN407A 09/32), procedente de la subestación de Boiro, dos nuevas salidas subterráneas en baja tensión que lo conectarán con la red existente y sustituir los conductores de dos tramos en baja tensión aéreos en la red existente.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan memoria, planos y presupuesto con el proyecto de ejecución denominado LMT, CT y RBT Ourolo, firmado el 8.11.2022 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con el número de colegiado 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se trasladó una separata del proyecto al Ayuntamiento de Rianxo y la Agencia Gallega de Infraestructuras como entidades afectadas, en la parte en que la instalación pudiese afectar a bienes y derechos a su cargo. La separata contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.

4. El día 16 de octubre de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; y el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme a la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio de 2023).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Ourolo, en el ayuntamiento de Rianxo, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS a 20 kV, de 2×21 (E/S-actuación 1 y 2) m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y final en el PAR proyectado en la LMT BOI814 (IN407A 09/32), procedente de la subestación de Boiro, haciendo E/S en el CTC proyectado.

– CT en el lugar Ourolo, compacto prefabricado, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificacionesu homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 18 de octubre de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña