DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 14 de noviembre de 2023 Pág. 63002

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 30 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se somete a información pública el expediente de extinción del convenio de Ouviaña, número de elenco 2717548, del ayuntamiento de Ribeira de Piquín (expediente 12/2022).

El 30 de mayo de 1995 se firmó el convenio de Ouviaña, 2717548, suscrito entre la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes y Francisco Fernández Méndez, Ignacio Cabanas López y Ovidio Toimil García, en virtud de los poderes notariales otorgados en Bilbao el 17 de noviembre de 1993 y en Meira el 18 de enero de 1994. La superficie conveniada fue de 158 ha.

En los poderes notariales figuran como apoderados Francisco Fernández Méndez, Ignacio Cabanas López y Ovidio Toimil García y como poderdantes Obdulia Méndez Fernández, Anselmo Rico López, Luis Pardo López, José Fernández Díaz, Cecilio Fernández Rico, Anibal Fernández Pardo, Julio García López, José Fernández Toimil, Francisco López Osorio, Manuel Rico López, José Antonio Rico López, Jaime Alonso Couso, Eliseo Fernández Rodríguez, Pedro Villar Pérez, Dulcinio Rico López, Sergio Rico López, Elena Rico López y José Antonio Ares Fernández.

El 16 de febrero de 2005 el jefe del Servicio de Montes dio su conformidad con la propuesta de permuta de Francisco Fernández Méndez entre dos parcelas de su propiedad, incorporando un nuevo plano al expediente del convenio de Ouviaña, 2717548.

El 28 de diciembre de 2018 tuvo entrada en el Registro General de Xunta de Galicia un escrito de Francisco Fernández Méndez en el cual solicita la extinción del convenio de Ouviaña, 2717548. En este escrito manifiesta que actúa como representante de los propietarios incluidos en el convenio, según lo acordado en la reunión celebrada el 20 de diciembre de 2018. Adjunta a este escrito las solicitudes individuales de Noelia Cabanas Cancio, Sandra Cabanas Cancio, Daniel Cabanas Cancio, Celia Fernández Gómez, Placeres López Quintana, Argelina Rico Gómez, Ana Mª López Rico, Ursino Fernández Fernández, Manuel López Osorio y José Antonio Ares Fernández.

El 13 de marzo de 2019 tuvo entrada en el Registro General de Xunta de Galicia un escrito de Mª Isabel Rico López y Carmen Rico López en el que solicitan la extinción del convenio de Ouviaña, 2717548.

El 9 de diciembre de 2020 tuvo entrada en el Registro General de Xunta de Galicia un escrito de Marina Toimil Fernández en el que expone su disconformidad con la solicitud de extinción del convenio de Ouviaña, 2717548, y solicita comparecer en el procedimiento y que sean tenidas en cuenta las alegaciones y la documentación que se aporta.

El 14 de septiembre de 2023 el técnico del Distrito X, A Terra Chá, emite un informe sobre el estado forestal del ámbito de este convenio.

En aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, el 20 de septiembre de 2023 el jefe del Servicio de Montes de Lugo certifica que el convenio de Ouviaña, con número de elenco 2717548, no presenta saldo deudor.

La Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, derogó la disposición transitoria novena de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, y reguló en la disposición transitoria cuarta (modificada en su número 1 por el artículo 17 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas) la cancelación y finalización de los consorcios y convenios de repoblación forestal existentes en el momento de su entrada en vigor:

«Disposición transitoria cuarta. Montes con consorcios o convenios con la Administración

1. Los consorcios o convenios de repoblación con la Administración forestal existentes en los montes en el momento de la entrada en vigor de esta ley serán objeto de:

a) Cancelación de oficio en un plazo que finalizará el 31 de diciembre de 2023, en los casos siguientes:

– Montes que no presenten saldo deudor en la fecha de entrada en vigor de esta ley o en cualquier momento dentro del plazo máximo estipulado.

(…)

b) Finalización en un plazo que finalizará el 31 de diciembre de 2023, momento en el que deberá firmarse un contrato temporal de gestión pública que sustituya el consorcio o el convenio finalizado».

A la solicitud de extinción le resulta de aplicación ratione temporis (STS núm. 703/2019, de 27 de mayo de 2019, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, rec. casación núm. 2825/2018) lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, en su redacción anterior a la modificación de esta norma por la disposición final séptima de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia. Tal y como se estableció en su redacción original, la mencionada disposición transitoria cuarta dispuso la cancelación y finalización de los consorcios y convenios de repoblación forestal existentes en el momento de su entrada en vigor, eliminado el requisito de aprobación previa por la Administración de un instrumento de ordenación o de gestión con carácter previo a la extinción de dichos consorcios y convenios.

Por todo lo anterior, se va a proponer a la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal la extinción del convenio de Ouviaña, 2717548.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se somete a información pública el expediente de extinción del convenio de Ouviaña, número de elenco 2717548, del ayuntamiento de Ribeira de Piquín (Lugo). El acto lo adoptó la jefa territorial.

Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, la documentación de este expediente está disponible al público, para su consulta, en el Servicio de Montes de Lugo (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, y en la página web de la Consellería del Medio Rural (https://mediorural.xunta.gal/gl/recursos/anuncios).

Durante el plazo señalado, las alegaciones, sugerencias u observaciones serán dirigidas a la Jefatura Territorial de Lugo de la Consellería del Medio Rural a través de cualquier registro previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Lugo, 30 de octubre de 2023

María Olga Iglesias Fontal
Jefa territorial de Lugo