DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 10 de noviembre de 2023 Pág. 61996

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Foro Económico de Galicia.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Foro Económico de Galicia, se dicta esta resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

Primero. El 5 de junio de 2023, Emilio José Vicente Pérez Nieto, presidente del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Segundo. La Fundación Foro Económico de Galicia, fue constituida en escritura pública otorgada en Orense el 24 de mayo de 2023, ante la notaria María Isabel Louro García, con el número de protocolo 1.205.

Tercero. La Fundación, según consta en el artículo 6 de sus estatutos tiene por objeto, «la promoción, fomento, desarrollo, ejecución y financiación de todo tipo de actividades que coadyuven a la difusión y extensión da economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia».

Cuarto. En la escritura de constitución constan la identidad de los fundadores, su capacidad para constituirla y su voluntad de hacerlo como de interés gallego conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; la dotación inicial, los estatutos y la composición del patronato.

Quinto. En los estatutos de la fundación consta su denominación, domicilio, su objeto y finalidad, las reglas para la aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios, la composición y las normas de funcionamiento del patronato, el régimen económico y las causas de disolución y el destino de los bienes y derechos resultantes de su liquidación.

Sexto. El patronato inicial de la fundación está formado por Emilio José Vicente Pérez Nieto como presidente; Lucía Ferreira Gómez como secretaria y Patricio Sánchez Fernández como vocal.

Séptimo. La comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías, en su reunión de 18 de septiembre de 2023, elevó al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes la propuesta de clasificación como de interés para el fomento de la economía social y de desarrollo de la economía productiva de Galicia la Fundación Foro Económico de Galicia, de acuerdo con las materias que constituyen su objeto fundacional.

Octavo. De conformidad con dicha propuesta, por la Orden de la Vicepresidencia Primera y de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deporte de 4 de octubre de 2023, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 197, de 17 de octubre, se clasificó como de interés para el fomento de la economía social y de desarrollo de la economía productiva de Galicia la Fundación Foro Económico de Galicia, y se adscribió a la Consellería de Economía, Industria e Innovación a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación (actualmente Consellería de Economía, Industria e Innovación), e con la disposición transitoria del Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 113, de 15 de junio), corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Foro Económico de Galicia, así como el ejercicio de las funciones del protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego y en el Decreto 15/2009, de la misma fecha, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, de la Fundación Foro Económico de Galicia, por lo que,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación Foro Económico de Galicia.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego y en el Decreto 15/2009, de 21 de enero, polo que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como en la demás normativa de aplicación y, especialmente, a las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, de la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como a la de presentación anual de la documentación contable y del plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2023

José Ramón Pardo Cabarcos
Secretario general técnico de la Consellería de Economía,
Industria e Innovación