DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2023 Pág. 58738

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 19 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y el estudio de impacto ambiental (EIA) del proyecto de ejecución del parque eólico Pena do Pico, en los ayuntamientos de Becerreá y Baralla (expediente IN408A/2018/010).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Antecedentes:

• El 23 de febrero de 2018, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó solicitud de autorización administrativa de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Pena do Pico en los ayuntamientos de Baralla y Becerreá, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre) y modificada por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa e de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG nº 39, de 26 de febrero).

• El 22 de mayo de 2018, la Dirección General de Energía y Minas, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de la capacidad del solicitante y revisada la solicitud de acuerdo con los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, les comunica el plazo para el pago de la tasa de autorización administrativa y para continuar así con la tramitación.

• El 7 de septiembre de 2020, Greenalia Wind Power S.L.U. presenta una solicitud de modificación sustancial del parque eólico, consistente en el cambio de modelo y de posiciones de los aerogeneradores, cambio de la poligonal y eliminación de la torre de medición.

• El 13 de octubre de 2022, dicha sociedad presenta una solicitud de modificación sustancial del parque eólico, consistente en la eliminación de seis (6) de los ocho (8) aerogeneradores debido a la limitación en la capacidad de acceso concedida por parte de REE. Se cambian también el modelo y la potencia de los aerogeneradores.

• El 19 de julio de 2023, Greenalia Wind Power, S.L.U. presenta nueva solicitud de modificación sustancial, consistente en un cambio de la poligonal para no afectar a la Red Natura.

• El 21 de septiembre de 2023, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió el informe de referencia del artículo 33.7 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, donde se indica el cumplimiento de la distancia mínima de 900 m de los aerogeneradores a núcleos de población (según la disposición adicional quinta de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, introducida por la Ley 18/2021, de 25 de febrero, de medidas económicas y financieras de Galicia).

• En fecha 3 de octubre 2023, y de acuerdo con el artículo 33.9 de la Ley 8/2009, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales envía a esta jefatura territorial el expediente completo para continuar con su tramitación.

Las instalaciones incluidas en el proyecto se describen a continuación:

Solicitante/promotora: Greenalia Wind Power, S.L.U. NIF: B70501473.

Domicilio social: plaza de María Pita, nº 10,1º, CP 15001 A Coruña

Denominación del proyecto: proyecto de ejecución del parque eólico Pena do Pico, en los términos municipales de Baralla y Becerreá.

Situación: ayuntamientos de Baralla y Becerreá (Lugo).

Áreas de desarrollo Eólico (ADE): Becerreá.

Potencia instalada: 11,69 MW.

Número de aerogeneradores que se van a instalar: 2 (dos).

Producción neta anual estimada: 55.122 MWh/año.

Presupuesto total (ejecución material): 11.992.916,02 €.

Coordenadas perimétricas de la poligonal del parque eólico:

Vértice

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

1

646.661

4.750.174

2

647.086

4.750.168

3

649.175

4.746.810

4

648.050

4.744.762

5

647.191

4.744.421

6

646.320

4.745.445

7

646.310

4.748.385

Coordenadas del emplazamiento de los aerogeneradores:

Nº aeroxerador

ETRS89 (huso 29)

Ayuntamiento

UTM-X

UTM-Y

AE 01

647.076

4.745.607

Becerreá

AE 02

647.604

4.745.336

Becerreá

Coordenadas del emplazamiento de la subestación colectora del parque:

SET

Datum ETRS89 (fuso 29)

UTM-X (m)

UTM-Y (m)

Pena do Pico

648.033

4.746.499

Por otra parte, las coordenadas de la envolvente de la subestación colectora del parque:

Vértice envolvente

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

1

648.027

4.746.539

2

648.073

4.746.490

3

648.040

4.746.459

4

647.994

4.746.508

La zona de acopios presenta las siguientes coordenadas:

Vértice envolvente

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

1

648.048

4.746.554

2

648.072

4.746.529

3

648.054

4.746.512

4

647.030

4.746.537

Características técnicas principales de las instalaciones:

• Dos (2) aerogeneradores Siemens-Gamesa SG155 – 6,6 MW, ambos limitados a 5,845 MW, con un diámetro de rotor de 155 m y altura de buje 102,5 m.

• Dos (2) centros de transformación, instalados en el interior de la torre de cada uno de los aerogeneradores, formados por transformadores de 7.000 kVA de potencia aparente y relación de transformación 0,69/30 kV, celdas de protección de media tensión de 30 kV y los correspondientes equipos de protección, telemando y demás elementos auxiliares.

• Red colectora enterrada, conformada por los cables de evacuación de energía a 30 kV con conductores aislados tipo RHZ1-OL 18/30 kV que unen los aerogeneradores entre sí y con la subestación receptora del parque.

• Subestación colectora del parque (SET Pena do Pico), recoge energía del parque a 30 kV y la eleva hasta 132 kV. Compuesta por:

– Sistema de alta tensión 132 kV, intemperie, configuración simple barra, con una posición de línea y una posición de transformador de potencia.

– Sistema de 30 kV en celdas de interior, configuración simple barra con tres posiciones de línea, una posición transformador, una posición de servicios auxiliares, dos posiciones de medida de barras, acoplamiento y remonte de barras. Aparamenta dispuesta en celdas blindadas con aislamiento SF6.

– Conjunto de transformación formado por un transformador instalado en intemperie, tensiones nominales de acuerdo con las normalizadas y potencia de 15/20 MVA ONAN/ONAF.

– Sistema de puesta a tierra.

– Sistema de control, sistema de protecciones, sistema de servicios auxiliares e instalaciones complementarias.

Los equipos de control, protección, comunicaciones, servicios auxiliares y celdas de 30 kV irán alojados en el edificio construido según planos incluidos en proyecto.

Los elementos de 132 kV estarán ubicados en parque exterior, delimitado por un cierre perimetral, formado por postes metálicos y malla de simple torsión con recubrimiento plástico.

• Obra civil, consistente en red vial de acceso al parque y red vial interior a los aerogeneradores y a la subestación, cimentaciones y plataformas de los aerogeneradores, bancadas para los transformadores y muro cortafuegos, zona de acopios, arquetas y zanjas para tendido de cableado de media tensión, comunicaciones y red de tierras y obras auxiliares.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.d) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Objeto de la información pública:

La solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y el estudio de impacto ambiental (EIA) de las instalaciones.

Documentación que se expone:

Proyecto de ejecución: proyecto de ejecución del parque eólico Pena do Pico, en los términos municipales de Baralla y Becerreá (Lugo), y declaración responsable de/de la técnico/a competente (firmado electrónicamente el 19 de julio de 2023).

Estudio de impacto ambiental: nuevo estudio de impacto ambiental del parque eólico Pena do Pico (firmado electrónicamente el 14 de julio de 2023).

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, y demás normas anteriormente citadas, para el conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos o intereses puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, dentro del plazo de treinta (30) días que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de esteacuerdo.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de Lugo de la Consellería de Economía, Industria e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 29 48 04), así como en los ayuntamientos de Baralla y Becerreá (Lugo). Además, se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:

https://economia.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/pena-do-pico

Lugo, 19 de octubre de 2023

Gustavo J. Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo