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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2023 Pág. 58503

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, del tribunal encargado de calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de técnicos facultativos, especialidad educador/a infantil, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

El tribunal nombrado por la Resolución de 17 de julio de 2022 (DOG núm. 140, de 24 de julio) para calificar este proceso selectivo

ACORDÓ:

Primero. Al amparo de lo previsto en la base III.1.2.7 de la convocatoria, en sesión que tuvo lugar el 16 de octubre de 2023, después de revisar las reclamaciones presentadas, anular la pregunta 125. Su lugar pasa a ser ocupado por la pregunta número 148. Las restantes reclamaciones se desestiman en su totalidad.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de quince (15) puntos.

A estos efectos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada base, con corrección de errores publicada el 31 de marzo de 2023 (DOG núm. 64, de 31 de marzo), mediante la Resolución de este tribunal de 18 de septiembre de 2023 se dio publicidad de los parámetros para la calificación del primero ejercicio, que establecen que superarán el ejercicio las personas aspirantes presentadas que alcancen las mejores puntuaciones, hasta completar un número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro el número de plazas convocadas, siempre que logren, en cada una de las partes del ejercicio, el mínimo del 50 % de las respuestas correctas (una vez hechos los descuentos correspondientes) o, subsidiariamente, un mínimo del 40 % de las respuestas correctas, en cada una de las partes, una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas, que descontarán un cuarto de una pregunta correcta; las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.

El criterio expresado de obtención de un porcentaje mínimo de aciertos en cada una de las dos partes está referido a la primera parte de contenido teórico (30 preguntas) y a la segunda parte de contenido teórico y práctico (110 preguntas), sin que sea posible compensar los aciertos que excedan en una parte con los que falten en la otra.

Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se consideran igualmente aprobadas, aunque se supere el número de aspirantes antes indicado.

Se asignará la valoración de 15 puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 15 y los 30 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Las personas aspirantes que no superen el ejercicio serán declaradas no aptas.

Tercero. Realizada la corrección de los exámenes en la sesión de 17 de octubre de 2023 de acuerdo con las normas y criterios anteriores, y hechas las deducciones según lo establecido en la base II.1.1.1 de la convocatoria, alcanzó la puntuación mínima de 15 puntos un total de 17 personas aspirantes, fijándose en 56 el número de respuestas correctas para lograr dicha puntuación (12 de la primera parte y 44 de la segunda parte del ejercicio). Para obtener el número de personas aptas fue preciso aplicar el criterio subsidiario del mínimo del 40 % de respuestas correctas netas en cada una de las partes, común y específica. Las personas que no alcanzaron el porcentaje mínimo en alguna de las partes no son calificadas por no ser posible asignar una puntuación homologable a la del resto de las personas aspirantes.

Cuarto. Publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo, así como la relación de las que no consiguieron los mínimos establecidos en la base III.1.1.1. de la convocatoria.

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.1.2.8 de la convocatoria, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, las personas aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas a las puntuaciones, que se presentarán a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal).

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base V.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2023

Manuel Lage Cobas
Presidente del tribunal